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En el expediente sancionador en materia de epizootias núm. GR-81/96, seuido por esta Delegación Provincial contra don Dieo Díaz Araque, ha recaído Resolución del Director General de la Producción Araria de 9 de mayo de 1997, cuya parte dispositiva dice:
«Esta Dirección General de la Producción Araria resuelve sancionar a don Dieo Díaz Araque, con multa de 2.500 ptas., por incumplimiento de la leislación viente en materia de epizootias¯.
Una vez intentada sin efecto la notificación al interesado de la citada Resolución, se hace por medio de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el art..4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Réimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sinificándole que contra la citada Resolución, que no aota la vía administrativa, y cuyo texto íntero tiene a su disposición en la Delegación Provincial de Granada (sita en Gran Vía de Colón, núm., de Granada), podrá interponer recurso ordinario ante el Consejero de Aricultura y Pesca, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Granada, 15 de septiembre de 1997.- El Deleado, Rafael Gómez Sánchez.