Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 14/10/1997

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Consejería de Economía y Hacienda

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, por el que se practican notificaciones tributarias.

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Por resultar desconocidos en los domicilios que constan en esta Delegación Provincial en Huelva de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, o intentada la notificación, ésta no se ha podido practicar, de conformidad con lo que se determina en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica a los contribuyentes que se relacionan las bases comprobadas y liquidaciones que han sido practicadas en sus respectivos expedientes, por los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones.

Forma de ingreso. Mediante abonaré en cualquier Banco o Caja de Ahorros autorizados (Entidades colaboradoras) enclavados en el territorio de la liquidación que se practica esta liquidación.

En metálico o en la Caja de esta Delegación de la Consejería de Economía y Hacienda.

Por cheque de cuenta corriente bancaria o Caja de Ahorros (conformado). Por giro postal tributario.

Plazo para efectuar el ingreso: Según la fecha de notificación mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes deberán pagarse desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior, y las notificadas entre los días 16 y último de mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.

Recursos/reclamaciones de conformidad con lo que se determina en el art. 46 del R.D.L. 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y art. 40 del R.D. 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se advierte que en caso de disconformidad, contra las mismas podrá interponerse recurso previo de reposición ante esta Oficina o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, Secretaría Delegada en Huelva, sin que pueda simultanear ambos, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de esta publicación.

La interposición de recurso o reclamación no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, incluso la recaudación de cuotas o derechos liquidados, intereses, recargos; no obstante, se suspenderá la ejecución si se garantiza el pago de la deuda tributaria en los términos establecidos en el art. del R.D. 2244/79, de 7 de septiembre, o de los arts. 74 y ss. del R.D. 391/1996, de 1 de marzo.

Asimismo, conforme a los arts. 46, 47 y 48, y art., respectivamente, de los citados textos legales, podrá solicitar la práctica de tasación pericial contradictoria en corrección del resultado obtenido en la comprobación de valor/base, mediante solicitud ante esta Oficina y dentro del plazo de quince días señalado.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Huelva, 17 de septiembre de 1997.- El Delegado, Juan F. Masa Parralejo.

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