Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 18/10/1997

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE PALMA DE CONDADO

ANUNCIO de bases.

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BASES DE LA CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION EN PROMOCION INTERNA DE DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL APROBADAS POR EL AYUNTAMIENTO-PLENO EN SESION DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 1997

1. Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición por promoción interna de dos plazas de administrativo de Administración General, encuadradas en la Subescala Administrativa de la Escala de Administración General, Grupo C.

2. Requisitos.

Para poder ser admitidos y participar en las pruebas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que faltan menos de diez años para la jubilación forzosa por edad.

c) Estar en posesión del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración Pública, en cualquiera de sus esferas Estatal, Autonómica o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de Funciones Públicas.

f) No hallarse incurso en ninguno de los casos de incapacidad o incompatibilidades establecidos en las disposiciones vigentes.

g) Pertenecer a la Subescala de Auxiliares de Administración General de este Ayuntamiento, teniendo en ella una antigüedad de, al menos, dos años.

3. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes por promoción interna será el de concurso-oposición. Los distintos méritos alegados en la fase de concurso serán puntuados conforme a lo recogido en la base 9 de esta convocatoria.

La fase de Concurso no tendrá carácter eliminatorio (art. 74.2 del R.D.

364/1995).

4. Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base 2ª y que se comprometen a prestar juramento o promesa en la forma legal, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de esta, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. De esta convocatoria se dará publicidad íntegra mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento y por cualquier otro medio que se considere conveniente.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Los derechos de examen se fijan en 2.000 pesetas, que serán satisfechos en la Depositaría Municipal al presentar la instancia y se acompañará a la misma el justificante correspondiente.

5. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias el Presidente de la Corporación aprobará la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y será expuesto además en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días para la subsanación de las deficiencias que se observen. En dicha resolución se fijarán además el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios así como la composición del Tribunal.

6. Tribunal calificador.

Su composición será la siguiente:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales: Un representante del Profesorado Oficial designado por el Instituto de Estudios de la Administración Local.

Un representante designado por la Junta de Andalucía.

Un concejal miembro de la Comisión de Gobierno, designado por la misma.

Un funcionario de la Corporación o Técnico experto designado por la misma. Un representante de los funcionarios designado por la Junta de Personal.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de los miembros que la componen, titulares o suplentes indistintamente, y está facultado para resolver las cuestiones que pudieran plantearse en el curso de las distintas pruebas y adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden de las mismas, en todo lo no previsto en estas bases.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley

30/92. Los aspirantes podrán recusarlos conforme a lo previsto en el artículo 29 de la misma Ley.

Los miembros del Tribunal percibirán las indemnizaciones por concurrencia al mismo y los gastos de traslado en su caso.

7. Comienzo y desarrollo de la oposición.

Para establecer el orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se verificará un sorteo.

Las listas de admitidos y excluidos se harán pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y se señalará el día y hora y local en que tendrá lugar el primer ejercicio. Una vez iniciados los ejercicios, los sucesivos anuncios se publicarán en el local donde se hayan celebrado los mismos. Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificado y libremente apreciado por el Tribunal.

8. Ejercicios.

Los ejercicios de la oposición serán tres de carácter obligatorio, siendo eliminatorios, si no se alcanzan los mínimos establecidos, son los siguientes:

Primero. Consistirá en procesar un texto administrativo, que facilitará el Tribunal, en un ordenador del Ayuntamiento, utilizando el procesador de textos. Y en la elaboración de un banco de datos. El tiempo empleado será de

45 minutos y se valorará el grado de exactitud del documento obtenido.

Segundo. Consistirá en contestar por escrito durante un período máximo de 60 minutos un cuestionario de 75 preguntas alternativas a los temas que figuran en el programa anexo a la convocatoria.

Tercero. Consistirá en desarrollar por escrito durante un período máximo de

60 minutos un tema señalado por el Tribunal. Se valorarán los conocimientos del tema, el nivel de formación general, la composición gramatical y la claridad de exposición.

9. Valoración de méritos.

9.1. Puntuación de la fase de Concurso.

Por cada año de servicio en la Subescala inmediatamente anterior: 0,20 puntos o fracción proporcional, hasta un máximo de tres puntos.

Por tener el Grado personal consolidado: 0,20 puntos.

Cursos de formación, perfeccionamiento y especialización impartidos por Organismos Oficiales realizados con una duración inferior a 40 horas lectivas: 0,25 puntos por cada uno.

Idem con más de 40 horas lectivas: 0,75 puntos por cada uno.

Cursos de formación, perfeccionamiento y especialización en entidades no oficiales o privadas, con independencia de su duración: 0,50 puntos.

La puntuación máxima por la suma de todos estos conceptos será de tres puntos.

9.2. Puntuación de la fase de Oposición.

Los ejercicios serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

10. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramientos. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, y elevará a la Presidencia de la Corporación, la propuesta del opositor que haya de ser nombrado. Los Opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación dentro del plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base segunda, con excepción de las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias obrantes en su expediente personal. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran la documentación aludida o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia.

Los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento.

11. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición, en todo lo no previsto en estas bases.

12. Impugnación de las bases.

Las presentes bases y sus anexos son susceptibles de impugnación por los interesados, en los casos y en la forma previstos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

PROGRAMA DEL SEGUNDO EJERCICIO

MATERIAS COMUNES

Tema 1. El Estado. Concepto. Elementos. Formas de Estado.

Tema 2. La división de poderes. Relaciones entre los poderes del Estado.

Tema 3. La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

Tema 4. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 5. La Corona. El Poder Legislativo.

Tema 6. El Gobierno y la Administración del Estado.

Tema 7. El Poder Judicial.

Tema 8. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía; su significado.

Tema 9. La Administración Pública en el ordenamiento español. La personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de Administraciones Públicas.

Tema 10. Principios de actuación de la Administración Pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Tema 11. Sometimiento de la Administración a la ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Sus clases.

Tema 12. El Reglamento: Sus clases. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 13. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia al interesado.

Tema 14. El Acto Administrativo. Concepto. Elementos.

Tema 15. La Ley 30/92, de Bases del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Principios Generales del Procedimiento Administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: Días y horas hábiles; cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.

Tema 16. Fases del procedimiento administrativo general. Obligación de resolver. Actos presuntos. Certificación de los actos presuntos.

Tema 17. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación. Revisión de Oficio.

Tema 18. Los recursos administrativos. Clases. Recurso de alzada. Reclamaciones económico-administrativas.

Tema 19. Principios generales y clases de contratos administrativos. La selección del contratista. Derechos y deberes del contratista y de la Administración.

Tema 20. Los derechos reales administrativos. El dominio público. El Patrimonio privado de la Administración.

Tema 21. La intervención administrativa en la propiedad privada. La expropiación forzosa.

Tema 22. Las formas de la actividad administrativa. El fomento. La Policía.

Tema 23. El servicio público. Nociones generales. Los modos de gestión de los servicios públicos.

Tema 24. La Responsabilidad de la Administración Pública.

Tema 25. Consideración económica de la actividad financiera. El Derecho Financiero. Los sujetos de la actividad financiera.

Tema 26. El gasto público y sus clases. El control del gasto público. Idea general del gasto público en España.

Tema 27. Los ingresos públicos: Concepto y clases. El impuesto. Las tasas fiscales.

Tema 28. Principios inspiradores de la Ley General Tributaria.

Tema 29. El Presupuesto. Doctrina clásica y concepciones modernas acerca del presupuesto. Idea general del Presupuesto Español.

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 30. Régimen Local Español: Principios Constitucionales.

Tema 31. La Provincia en el Régimen Local. La organización provincial. Competencia.

Tema 32. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

Tema 33. Organización municipal. Competencia.

Tema 34. Régimen general de la elecciones locales.

Tema 35. Estructuras supramunicipales. Mancomunidades. Agrupaciones. La comarca.

Tema 36. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 37. Relaciones entre Entes Territoriales. Autonomía municipal y tutela.

Tema 38. La Función Pública Local y su organización.

Tema 39. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 40. Derechos económicos de los funcionarios. Derechos pasivos. La Seguridad Social.

Tema 41. El Patrimonio de los Entes Locales: tráfico jurídico, utilización, conservación y defensa.

Tema 42. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias.

Tema 43. El Servicio Público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

Tema 44. Intervención administrativa en defensa del Medio Ambiente.

Tema 45. Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 46. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de la constitución. Votaciones, Actas y certificados de acuerdos.

Tema 47. Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio. Legislación. Sus principios inspiradores. Competencia urbanística municipal.

Tema 48. Instrumentos de planeamiento. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 49. Ejecución de los Planes de ordenación. Sistemas de actuación urbanística. La clasificación del suelo.

Tema 50. Intervención en la edificación y uso del suelo.

Tema 51. Haciendas Locales: Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales.

Tema 52. Régimen jurídico del gasto público local.

Tema 53. Los Presupuestos Locales. Contabilidad y cuentas.

La Palma del Condado, 30 de julio de 1997.

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