Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Advertidos errores en el texto remitido para la publicación de la Orden antes citada, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 16.446, 1ª columna, líneas 28 a 37.
Donde dice:
«13 374 ptas.
15 440 ptas.
20 672 ptas.
25 1.058 ptas.
30 1.808 ptas.
40 2.776 ptas.
50 2.925 ptas.
65 3.887 ptas.
80 4.940 ptas.
100 y mayores 7.072 ptas.¯
Debe decir:
«13 374 ptas./mes
15 440 ptas./mes
20 672 ptas./mes
25 1.058 ptas./mes
30 1.808 ptas./mes
40 2.776 ptas./mes
50 2.925 ptas./mes
65 3.887 ptas./mes
80 4.940 ptas./mes
100 y mayores 7.072 ptas./mes¯
Sevilla, 23 de enero de 1997
Descargar PDF