Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 30/01/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 13 de enero de 1997, de la Delegación del Gobierno de Jaén, sobre el expediente 58/96 de subasta de un bien patrimonial del Ayuntamiento de Alcalá la Real (Jaén).

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Alcalá la Real, se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22-2-1, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, arts. 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.

Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de permuta de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta, acordada por el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real (Jaén), en sesión plenaria de

14.10.96 de una parcela de 20.396,76 m en la Aldea de Santa Ana, a segregar de otra de mayor cabida, denominada Casería de Biedma, y cuyos linderos son los siguientes:

Norte: Excmo. Ayuntamiento, franja de terrenos paralela a la Ctra. de Frailes que se reserva el Ayuntamiento para garantizar el acceso a otras parcelas municipales además de a la que se enajena. Este: Excmo. Ayuntamiento. Oeste: Terrenos y vivienda de don Juan Genaro Castillo Sánchez.

La finca matriz se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real. Libro 233, Tomo 506, Folio 210, Finca núm. 32.153. Inscripción: 1ª

Valor pericial: 12.238.056 ptas.

La presente Resolución se remitirá al BOJA para su publicación.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes, desde el recibo de la presente, Recurso Ordinario, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el art. 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 13 de enero de 1997.- La Delegada, Mª del Mar Moreno Ruiz.

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