Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 11/11/1997

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Otros. NOTARIA DE DON JUAN SOLIS SARMIENTO

EDICTO de subasta. (PP. 3520/97).

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Don Juan Solís Sarmiento, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con residencia en Carmona,

Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número 2/1997, de la siguiente finca:

Rústica: Haza de tierra de olivar en término de La Campana, al sitio de la Cigüeña, formada por las conocidas por Los Arcos, Los Chicos y Las Zorreras, de cabida trece hectáreas, cuarenta y siete áreas, veinte centiáreas. Linda: Al Norte, con finca de don Fernando Sáenz de la Hera; al Este, con la vereda Carrera del Caballo; al Sur con finca denominada La Quinta, de Doña María Benjumea Parias; y al Oeste, con la Vereda del Castillo.

Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

Primera. Se señala la primera subasta para el día 20 de noviembre de 1997, a las diez y siete horas; la segunda, en su caso, para el día 11 de diciembre de 1997, a las diez y siete horas, y la tercera, en su caso, para el día 8 de enero de 1998, a las diez y siete horas, y en caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el sexto día hábil siguiente al de la tercera subasta, a las diez y siete horas.

Segunda. Todas las subastas se celebrarán en la Notaría de Carmona, calle Real, número 4, planta primera.

Tercera. El tipo para la primera subasta es de 7.560.000 pesetas, para la segunda el 75 por 100 de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo.

Cuarta. La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante las titulación. Las cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

Quinta. Los postores deberán consignar, previamente, en la Notaría, el 30 por 100 del tipo correspondiente, o el 20 por 100 de la segunda subasta para tomar parte en la tercera.

Sexta. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Carmona, 6 de octubre de 1997.- El Notario.

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