Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 15/11/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 28 de octubre de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el recurso 1792/1994.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 1792/1994, seguido a instancia de la entidad Comylsa, Empresa Constructora, S.A., contra la Resolución de 29 de junio de 1994, del Secretario General Técnica de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, parcialmente desestimatoria de la reclamación formulada por la actora solicitando el abono de intereses de demora por retraso en el pago de las certificaciones de obra números 2 a 9, ambas inclusive, correspondientes a las obras «Reforma parcial del Centro de Observación de Menores de Alcalá de Guadaira (Sevilla)¯, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha dictado Sentencia con fecha 12-11-1996, que es firme, cuya parte dispositiva literalmente dice:

«FALLAMOS

Que estimamos parcialmente el recurso interpuesto por la entidad Comylsa, Empresa Constructora, S.A., contra la resolución de 29 de junio de 1994, del Secretario General Técnico de la Consejería de Asuntos Sociales, de la Junta de Andalucía, parcialmente desestimatoria de la reclamación formulada por la actora solicitando el abono de intereses de demora por retraso en el pago de las certificaciones de obra números 2 a 9, ambas inclusive, correspondientes a la denominada "Reforma parcial del Centro de Observación de Menores de Alcalá de Guadaira (Sevilla)". Anulamos dicho acto por contrario a Derecho, debiendo abonar la Administración demandada a la actora los intereses de demora reclamados, con consonancia con las prescripciones establecidas en los Fundamentos de esta Sentencia, así como el pago de los intereses legales sobre aquella cantidad desde la fecha de interposición del recurso hasta su total pago. Sin costas.¯

En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 24 de septiembre de

1996, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución Española, 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/85, de 1 de julio, y 103 y ss. de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

RESUELVO

Ordenar el cumplimiento, en sus propios términos, de la expresada Sentencia.

Sevilla, 28 de octubre de 1997.- El Secretario General Técnico, Justo Mañas Alcón.

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