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Intentada la notificación sin haberse podido practicar de la resolución recaída en el expediente sancionador MA-31/97, incoado a la entidad «Juan Casal, S.L.¯, titular del establecimiento denominado «Apartamentos Europark¯, que tuvo su último domicilio en Avda. Terramar Alto, s/n (Benalmádena-Costa), se publica el presente edicto en cumplimiento del art.
59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, para que le sirva de notificación de la resolución recaída en el expediente sancionador MA-31/97, por la que se impone una sanción de multa de setenta y cinco mil pesetas (75.000 ptas.), por infracción de la normativa turística vigente, en el art. 2.1 del Decreto 15/90, de 30 de enero (BOJA de 2 de marzo).
El plazo para hacer efectiva la sanción impuesta será hasta los días 5 ó 20 del mes siguiente (o el inmediato hábil posterior), según que la notificación se haya producido entre los días 1 y 15, o entre el 16 y último del mes anterior, debiendo personarse en esta Delegación para la expedición de la carta de pago, y en caso de no ser ello así, se procederá a su cobro en vía ejecutiva.
Haciéndose saber que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Consejero de Turismo y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día de su notificación.
Málaga, 17 de octubre de 1997.- El Delegado, Juan Harillo Ordóñez.
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