Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 23/12/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 21 de noviembre de 1997, de la Delegación del Gobierno de Jaén, dictada en el expediente núm. 40/97, sobre enajenación mediente venta directa de parcela sobrante propiedad del Ayuntamiento de Santa Elena.

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22-2-1, 79 y 80, de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, 79.1 y 80, del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.

Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante venta directa, acordada por el Ayuntamiento de Carboneros (Jaén) en sesión ordinaria celebrada el día 27 de julio de 1996, del siguiente bien:

Parcela situada a la espalda de la calle Dr. Pérez Negro, de forma rectangular de 7 x 23,60 metros, con una superficie de 165 m y un perímetro de 61 metros, inscrita en el registro de la Propiedad de La Carolina (Jaén) al Tomo 1.398, Libro 41, Folio 116, Finca 2.350, Inscripción 1ª., y que linda al Norte con don Dimas Noguera Alper, al Oeste con don Angel Sánchez López, al Sur con don José L. Hernández Castellano y al Este con don Pedro Monje Macías.

Valor pericial de la parcela: Trescientas sesenta y tres mil pesetas (363.000 ptas.).

Notifíquese la presente Resolución al Ayuntamiento de Santa Elena y remítase al BOJA para su publicación.

Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa podrá interponerse en el plazo de un mes, desde la publicación de la presente en el BOJA, recurso ordinario, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el art. 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 21 de noviembre de 1997.- La Delegada, Mª del Mar Moreno Ruiz.

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