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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 26 de septiembre de
1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm./1994, promovido por Hertz de España, S.A., sobre Sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Hertz de España, S.A., contra las resoluciones que recoge el primero de los antecedentes de hecho de esta sentencia, las que confirmamos por considerarlas ajustadas al ordenamiento jurídico, salvo en el particular relativo a la graduación que la rebajamos al grado mínimo y sustituimos la sanción impuesta por la de cincuenta mil una pesetas (50.001). Sin costas.
Sevilla, 14 de enero de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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