Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 04/02/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 17 de enero de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la composición de la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales de esta Consejería.

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El art. 82 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, establece que el Organo de Contratación estará asistido, para la adjudicación de los contratos, por una Mesa.

El art. 22 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/1995, de Contratos de las Administraciones Públicas, regula la composición de la Mesa, que se designará por el Organo de Contratación y que se hará pública cuando la misma sea de carácter permanente.

Según el art. 12 de la Ley 13/1995, de Contratos de las Administraciones Públicas, los Consejeros son los titulares de las competencias relativas a la contratación administrativa. Competencia delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria en el Secretario General Técnico, mediante Orden de 8 de julio de 1996 (BOJA núm. 87, de 30 de julio de 1996), de conformidad con lo establecido en el artículo 47.1 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, esta Secretaría General Técnica resuelve:

Dar publicidad a la composición de la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales de la Consejería de Trabajo e Industria, que estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: Jefe del Servicio de Administración General y Contratación, que será sustituido en caso necesario por el Jefe de la Sección de Contratación e Inversiones.

Secretario: Jefe de la Sección de Contratación e Inversiones, que será sustituido en caso necesario por algún funcionario de los adscritos a esta Sección.

Vocales: Un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del Organo de Contratación y un Interventor.

Asimismo formará parte de la Mesa como vocal el Jefe del Servicio proponente del expediente de contratación o persona en quien delegue. En él concurrirá también el desempeño de la función de presidente del equipo técnico que deba asesorar a la Mesa, cuando tal sea el caso, en la valoración de las ofertas.

Por último, cuando en aras del principio de coordinación, o por aplicación de una norma concreta, deba estar representado en la Mesa algún otro Centro Directivo, se incorporará como vocal un funcionario designado por el titular del mismo.

Sevilla, 17 de enero de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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