Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 08/02/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 21 de enero de 1997, de la Delegación del Gobierno de Granada, por la que se da conformidad a la enajenación por subasta de una finca propiedad del Ayuntamiento de Sorvilán (Granada).

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Sorvilán (Granada) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22.2.l),

47.3.k), 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; arts. 109.1, 112.1, 113, 114, 118 y

119 del Real Decreto 1372/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Correspondiendo al Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del presupuesto ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación por subasta de un solar sito en Paraje de «La Lomilla¯, con una extensión de 16 m, propiedad del Ayuntamiento de Sorvilán (Granada), con la calificación jurídica de bien patrimonial. Linda al Este, Cayetano García de la Torre; al Norte, Francisco Martín Pérez; al Sur, el camino y al Oeste, Francisco Rodríguez Rodríguez.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Albuñol, tomo 848 de Sorvilán, libro 77, folio 201, inscripción 3.ª

Valoración: Ciento sesenta mil pesetas (160.000 ptas.).

Segundo. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Sorvilán (Granada).

Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario, regulado en el art. 114 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Granada, 21 de enero de 1997.- El Delegado, Jesús Quero Molina.

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