Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 11/02/1997

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno en Almería, notificando Acuerdo de Incoación dictado en el expediente sancionador que se cita. (AL-308/96-EP).

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Vista la devolución efectuada por la Oficina de Correos de la notificación del acto administrativo arriba indicado dictado en el expediente sancionador de referencia incoado por presuntas infracciones a la normativa sobre Juego y Espectáculos Públicos a don Francisco Martín Moreno, con domicilio en C/ Almanzora, F-100, de Roquetas de Mar (Almería).

Esta Delegación del Gobierno ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en el BOJA a los efectos de notificación.

Fecha: 28.11.96.

Ntra. referencia: Sanciones JDM/JDM.

Asunto: Incoación.

E.P./Extintores.

Expte.: AL-308/96-EP.

Con esta misma fecha el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía ha dictado el siguiente acuerdo:

«Vista la denuncia de fecha 8.11.96, cursada ante esta Delegación de Gobernación por Agentes de la Autoridad, en la que consta que:

El establecimiento de su titularidad, denominado Discoteca Apocalipsis, carece de los preceptivos extintores, según se comprobó en visita de inspección efectuada por los agentes actuantes el día 8 de noviembre, a las

7,25 horas.

Lo que pudiera estimarse como infracción al art. 21.2 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por R.D. 2816/1982, de 27 de agosto, donde se establece la obligatoriedad de proveer los locales de un extintor de incendios por cada 25 metros de recorrido, y como mínimo dos en cada zona diferenciada del local, tipificada como infracción al art. 81.12 del mismo Reglamento y concretamente como grave en el art. 23.n) de la Ley 1/92, de 21 de febrero, sobre protección de la Seguridad Ciudadana y sancionable con multa de cincuenta mil una pesetas (50.001 ptas.) a cinco millones de pesetas (5.000.000 ptas.), según dispone el art. 28.1.a) de la misma Ley.

Siendo esta Delegación del Gobierno competente para conocer y resolver este expediente de conformidad con lo dispuesto en en el art. 74.2.e) del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y en el art. 29.1.d) de la L.O. 1/92, de 21 febrero, en relación con el R.D. 1677/1984, de 18 de julio, por el que se transfieren las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Espectáculos Públicos, el Decreto 294/84, de 20 de noviembre, de asignación de las mismas a la Consejería de Gobernación y el Decreto 50/1985, de 5 de marzo, que regula su ejercicio.

He acordado se proceda a la apertura de expediente sancionador a don Francisco Martín Moreno (27.195.810), a cuyos efectos y de conformidad con lo dispuesto en el art. 13.1.d) del R.D. 1398/93, de 4 de agosto, se designe Instructor a doña María Dolores López Sánchez, funcionaria de esta Delegación del Gobierno, indicándole la posibilidad de resolver el procedimiento de conformidad con el art. 8 del citado R.D. (Real Decreto).

Con esta misma fecha comunico este acuerdo al Instructor para su posterior notificación al interesado¯.

Lo que se comunica al denunciado para su conocimiento y efectos oportunos de conformidad con el art. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significándole que en el plazo de quince días, a partir de la notificación podrá aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, la proposición y práctica de la prueba, a tenor del art. 16 del R.D. 1398/93, de 4 de agosto.

Firmado: El Instructor del expediente.

Almería, 24 de enero de 1997.- El Delegado, Juan Callejón Baena.

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