Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 20/2/1997

1. Disposiciones generales

Consejería de Asuntos Sociales

ACUERDO de 26 de diciembre de 1996, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Integral para la Comunidad Gitana de Andalucía.

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La Constitución Española reconoce expresamente en su artículo 14 el principio de igualdad de los españoles ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Según lo establecido en el apartado 2 del artículo del Texto Constitucional, corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Andalucía en su artículo 12 asigna a la Comunidad Autónoma la promoción de la libertad y la igualdad real de los andaluces, señalando concretamente en su artículo 11 que la Comunidad Autónoma garantizará el respeto a las minorías que residen en Andalucía.

En desarrollo de dicho mandato constitucional y estatutario, la Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía establece y regula un sistema público de Servicios Sociales, entre cuyas áreas de actuación se incluye la de hacer efectivo ese principio de igualdad y de remoción de cualquier discriminación por razón de raza, sexo o cualquier otra condición, prestando una atención especial, dada su importancia numérica y cultural, a la Comunidad Gitana.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la señalada Ley 2/1988, el Plan de Servicios Sociales de Andalucía ha prestado una atención específica a la Comunidad Gitana, recogiéndola como área de actuación específica.

También son de destacar, dentro de la atención prestada por los poderes públicos al colectivo de la población gitana, el Plan Nacional de Desarrollo Gitano así como las distintas Resoluciones, Declaraciones y Recomendaciones relativas a minorías étnicas en el marco de la Unión Europea, destacando la Recomendación núm. 1.203 de la Asamblea Parlamentaria que hace alusión a los gitanos en Europa, la Resolución del Parlamento Europeo A3-0/24/1994 sobre situación de los gitanos en la Comunidad Europea y la Resolución de 22 de mayo de 1989 del Consejo de los Ministros de Educación relativa a la escolarización de los niños gitanos e itinerantes.

Igualmente, en fin, ha de significarse la Declaración Institucional del Parlamento de Andalucía de 10 de octubre de 1996, relativa a la celebración del 22 de noviembre como «Día de los Gitanos Andaluces¯.

Por todo ello, y considerando que la atención al colectivo gitano ha de ser una de las tareas urgentes de los Poderes Públicos, debe articularse un Plan Integral para la Comunidad Gitana que coordine todas las áreas, servicios y programas a desarrollar en los diferentes ámbitos de nuestra Comunidad Andaluza.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Asuntos Sociales, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de diciembre de 1996 adoptó el siguiente

A C U E R D O

Artículo 1.

1. Se aprueba el Plan Integral para la Comunidad Gitana de Andalucía como instrumento de integración y coordinación de todas las áreas, servicios y programas a desarrollar en los diferentes ámbitos de la Comunidad Autónoma de Andalucía dirigidos al Colectivo Gitano Andaluz.

2. El citado Plan se desarrollará a través de actuaciones integrales a realizar de forma coordinada por la Administración Autonómica así como en cooperación con las otras Administraciones Públicas y Asociaciones y Entidades que tengan como fines propios la actuación sobre dicho colectivo.

Artículo 2.

1. Los objetivos generales a cumplir en el período 1997-2000 por el citado Plan se establecen en los siguientes términos:

a) Desarrollar estrategias de actuación encaminadas a la promoción integral de la comunidad gitana andaluza así como a la prevención, tratamiento y eliminación de las causas que conducen a la marginación de un importante sector de este colectivo.

b) Coordinar y rentabilizar los recursos existentes y habilitar otros nuevos en las distintas administraciones procurando que la racionalización de los mismos repercuta positivamente en la calidad de la atención a la comunidad gitana.

c) Fomentar la participación de la comunidad gitana en todos los procesos que afecten a su desarrollo, impulsando una actitud activa y participativa de sus miembros, bien individualmente, bien a través de todo tipo de asociaciones y organizaciones (sociales, educativas, vecinales, sindicales, políticas, etc.).

d) Sensibilizar a la opinión pública mediante medidas políticas que favorezcan la convivencia interétnica y la eliminación de estereotipos y actitudes de corte racista y que promuevan en la sociedad valores positivos de respeto, solidaridad y tolerancia.

e) Estimular y facilitar el conocimiento y uso normalizado de los distintos sistemas públicos de protección social por individuos y grupos del colectivo, mejorando los mecanismos de orientación y acceso a los mismos.

2. Las actuaciones y programas que integran el Plan Integral para la Comunidad Gitana de Andalucía se contienen en las áreas relacionadas en el Anexo al presente Acuerdo.

Artículo 3.

1. La coordinación de las actuaciones y programas a desarrollar, así como la fijación del calendario de ejecución de las medidas contenidas en el Plan, se efectuará desde la Consejería de Asuntos Sociales, conjuntamente con las Administraciones Públicas y colectivos gestores de las políticas sectoriales de su competencia.

2. A tal efecto, se creará una Comisión de Evaluación del Plan, en la que estarán representadas las distintas Consejerías afectadas y que tendrá como finalidad determinar la adecuación al Plan de las medidas y actuaciones que se propongan, efectuar el seguimiento y control de las actuaciones ejecutadas y evaluar el grado de desarrollo y cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan.

DISPOSICION ADICIONAL UNICA

Las actuaciones previstas en el presente Plan se desarrollarán en función de las disponibilidades presupuestarias existentes para cada ejercicio.

DISPOSICION FINAL PRIMERA

Por el Consejero de Asuntos Sociales se dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación del Plan aprobado por este Acuerdo.

DISPOSICION FINAL SEGUNDA

El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de diciembre de 1996

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Asuntos Sociales

A N E X O

1. Area de Vivienda.

Actuación 1. Establecer programas de alojamiento para la población asentada en núcleos de chabolismo.

Actuación 2. Diversificación de la oferta de vivienda pública en razón de las necesidades laborales de una parte del colectivo gitano afectado.

Actuación 3. Participación de las Asociaciones de Vecinos y de la población gitana afectada en el Plan de alojamiento, así como de las Organizaciones No Gubernamentales que vienen trabajando con esta población en el ámbito de los actuales núcleos de chabolismo.

Actuación 4. Programas de seguimiento para estimulación de la participación y adaptación de los gitanos en la vida de barrio.

Actuación 5. Fórmulas de financiación con las Administraciones Locales para los programas de realojamiento.

2. Area de Educación.

Actuación 1. Fomento entre las familias gitanas de la escolarización previa y continuada de la población infantil gitana en el nivel obligatorio.

Actuación 2. Impulso de la colaboración entre los distintos sectores de la comunidad escolar y los equipos de acción social como apoyo familiar y seguimiento de la escolarización ya iniciada.

Actuación 3. Fomento de proyectos pedagógicos de los centros para la integración cultural de la población gitana.

Actuación 4. Refuerzo de los recursos educativos, con la existencia de residencias escolares abiertas, dotando al alumnado temporero de un «libro verde¯, que facilite el intercambio de información entre los centros escolares de origen y de acogida.

Actuación 5. Promoción de actividades no regladas y abiertas a la convivencia pluricultural en las escuelas con predominio de población infantil gitana.

Actuación 6. Facilitar toda la información y asesoramiento necesario a familias económicamente desfavorecidas de la Comunidad Gitana para que puedan acogerse y percibir las ayudas de comedores escolares, libros y material curricular básico, a fin de impulsar y favorecer la escolarización de los niños y niñas gitanos.

Actuación 7. Fomento del estudio de la cultura gitana en la formación del profesorado.

Actuación 8. Cursos de formación al profesorado sobre las características culturales de las niñas y niños gitanos.

Actuación 9. Fomento de la incorporación de los padres y madres de escolares gitanos a los órganos colegiados y Asociaciones de Padres de Alumnos.

Actuación 10. Inclusión en el material didáctico escolar de información positiva sobre la minoría étnica gitana y elaboración de materiales específicos sobre su cultura.

Actuación 11. Mayor divulgación entre la comunidad gitana de las convocatorias de becas y ayudas para el acceso a las enseñanzas medias y universitarias.

Actuación 12. Concienciación positiva entre las familias gitanas de la obtención de las titulaciones académicas medias y superiores.

Actuación 13. Posibilitar que los jóvenes completen los estudios correspondientes a los niveles obligatorios de la enseñanza, mediante las medidas de atención a la diversidad y de orientación vocacional y profesional establecidas en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo.

Actuación 14. Capacitación profesional mínima de la población gitana, entre los 18 y los 21 años, que no obtuvo la titulación básica, a fin de posibilitar su integración laboral o la prosecución de estudios.

Actuación 15. Programas de alfabetización adaptados a las características propias de su cultura, dentro de los programas de intervención integral.

Actuación 16. Desarrollo del proceso de alfabetización como elemento de respuesta y de utilidad a las necesidades específicas de la población gitana, incorporando aquellos aspectos de formación básica que permitan su incorporación ciudadana y su capacitación profesional.

Actuación 17. Colaboración en la realización de cursos de formación para el profesorado de personas adultas gitanas.

Actuación 18. Aprovechamiento de cualquier actuación formativa con gitanos para introducir la alfabetización de adultos.

3. Area de Formación y Empleo.

Actuación 1. Realización de un Programa de Formación adecuado al colectivo gitano mediante la oferta de cursos que capaciten al colectivo para el ejercicio de una actividad adecuada.

Actuación 2. Diseño de talleres iniciales para jóvenes que no hayan completado la ESO, que les permita integrarse en los distintos niveles de la Formación Profesional (Programa de Garantía Social).

Actuación 3. Establecimiento de cauces de información para el conocimiento por el colectivo gitano de los derechos y deberes laborales.

Actuación 4. Fomentar el acceso de dicho colectivo a las distintas modalidades del mercado de trabajo, a través de programas de fomento del empleo, potenciando la economía social como alternativa de empleo no marginal.

Actuación 5. Estudio de una posible revisión de la normativa sobre venta ambulante para su adaptación a las necesidades reales de la población gitana.

Actuación 6. Intensificación de los programas sociales en zonas de acogida de trabajadores/as agrícolas de temporada.

4. Area de Salud.

Actuación 1. Control de los sistemas de saneamiento medioambiental en los núcleos de población gitana.

Actuación 2. Intensificación de los programas de educación sanitaria fomentando la participación del colectivo gitano.

Actuación 3. Intensificar los programas sanitarios sobre vacunaciones, dietética y nutrición, higiene, planificación familiar, atención geriátrica, toxicomanías y otros que se consideren necesarios.

Actuación 4. Normalización de la cobertura sanitaria de la población gitana, mediante su acceso pleno al sistema público de salud.

Actuación 5. Promoción de la formación y actuación de agentes de salud, prioritariamente de la propia etnia gitana, teniendo en cuenta el papel fundamental de la mujer gitana en la vertebración de esta comunidad.

5. Area de Cultura.

Actuación 1. Promoción de programas de investigación sobre la cultura gitana andaluza.

Actuación 2. Divulgación de la cultura gitana mediante la realización de jornadas, seminarios o campañas.

Actuación 3. Apoyo de las iniciativas artísticas y culturales de la Comunidad Gitana Andaluza.

Actuación 4. Promover el estudio de la lengua gitana.

Actuación 5. Promover la recuperación, catalogación, inventariación, archivo y exposición del patrimonio etnológico, documental y bibliográfico de la Cultura Gitana en Andalucía.

Actuación 6. Promover y proyectar, desde los organismos culturales institucionales, la aportación gitana como elemento configurador de la identidad cultural andaluza.

6. Area de Acción Social.

Actuación 1. Adaptación y divulgación de los sistemas de protección social a los sectores gitanos más necesitados.

Actuación 2. Coordinación de las actuaciones de las instituciones públicas y privadas.

Actuación 3. Programas integrales de intervención con las comunidades gitanas con la participación de las Corporaciones Locales y la Administración Central.

Actuación 4. Convocatorias específicas de ayudas públicas para la atención de la comunidad gitana.

Actuación 5. Concienciación de la población gitana sobre su participación en los programas y proyectos que les afecten como grupo étnico diferenciado.

Actuación 6. Fomento del asociacionismo del colectivo gitano.

Actuación 7. Promoción de la formación de agentes de desarrollo comunitario entre la población gitana.

Actuación 8. Fomento de la cooperación social con las organizaciones e instituciones públicas y privadas, representativas del colectivo gitano.

Actuación 9. Realización de campañas de sensibilización que favorezcan la convivencia interétnica, el respeto mutuo y el conocimiento de los valores positivos de su cultura.

Actuación 10. Fomento en los medios de comunicación de una imagen no discriminatoria de la comunidad gitana.

Actuación 11. Realización de estudios sectoriales, metodologías y técnicas específicas para la intervención social en comunidades gitanas.

7. Area de la Mujer.

Actuación 1. Desarrollo de la investigación y conocimiento sobre la mujer gitana andaluza.

Actuación 2. Promoción de proyectos en el marco del programa de Coeducación, a fin de superar actitudes discriminatorias en el ambiente escolar.

Actuación 3. Incentivación al estudio y acceso de las mujeres gitanas a la enseñanza media y superior mediante becas y ayudas específicas.

Actuación 4. Adecuación de los Centros de Planificación Familiar a la idiosincrasia de este colectivo, aproximando los recursos sanitarios existentes a la mujer y al hombre con dificultades de acceso a la información, con elaboración de material educativo especialmente dirigido a jóvenes gitanas.

Actuación 5. Mayor información y participación de las mujeres gitanas en la atención sanitaria al embarazo, parto y puerperio.

Actuación 6. Aumento de la calidad de vida, prevención de enfermedades y cuidados específicos de los sectores más desfavorecidos o con mayores riesgos de la población gitana femenina.

Actuación 7. Desarrollo de programas de información y orientación laboral específicos para las mujeres gitanas, facilitando su acceso a la formación ocupacional u otras salidas laborales innovadoras.

Actuación 8. Profundización en el conocimiento de las condiciones de trabajo reales de las mujeres gitanas.

Actuación 9. Articulación de ayudas para proyectos generadores de empleo para la mujer gitana así como ayudas y/o incentivos para aquellas empresas andaluzas que realizan contrataciones a mujeres en general.

Actuación 10. Desarrollo de instrumentos de ayuda económica para la creación o mejora de actividades autónomas y empresariales promovidas por mujeres.

Actuación 11. Desarrollo de programas de formación a docentes de la formación profesional ocupacional y al personal de la Administración Pública en materia de igualdad de oportunidades.

Actuación 12. Información, orientación, formación y asesoramiento a mujeres que quieran crear sus propios puestos de trabajo o constituir una empresa.

Actuación 13. Organización de actuaciones específicas dirigidas a eliminar la segregación laboral por razón de sexo y etnia.

Actuación 14. Establecimiento de medidas que faciliten la contratación temporal de mujeres para sustituir los permisos de maternidad o paternidad.

Actuación 15. Adecuación de los servicios de guardería infantil a los horarios laborales.

Actuación 16. Divulgación sobre todas aquellas entidades que ofrecen recursos y prestaciones a las mujeres andaluzas, especialmente a aquéllas integradas en colectivos desfavorecidos, con expresa referencia del Instituto Andaluz de la Mujer y los Centros de Información para la Mujer.

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