Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/03/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 11 de febrero de 1997, por la que se publican las plantillas de los Centros Públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y del Primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.

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La Norma Decimocuarta de las Comunes a las Convocatorias de la Orden de

17 de octubre de 1996 (BOJA del 31.10.96), por la que se convoca concurso de traslados en el Cuerpo de Maestros, establece: «En este concurso y procesos previos, se ofertarán los puestos de trabajo vacantes que determine la Consejería de Educación y Ciencia, entre los que se incluirán al menos los que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 1996, así como aquellos que resulten del propio concurso siempre que, en cualquiera de los casos, la continuidad de su funcionamiento esté prevista en la planificación educativa. Estas vacantes se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía previamente a la resolución de las Convocatorias¯.

Además de los criterios recogidos en dicha norma, que establecen las causas para la determinación e incorporación al concurso de traslados del Cuerpo de Maestros y sus procesos previos de las vacantes y resultas, es necesario considerar los siguientes aspectos:

En primer lugar, hay que planificar en función de las necesidades inmediatas de cada centro para el próximo curso escolar 1997/98.

En segundo lugar, hay que considerar las previsiones para cursos sucesivos, derivados de la necesaria adecuación de las plantillas y puestos de trabajo que deben tender, de forma progresiva, hacia los requeridos para el desarrollo de las nuevas enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

De todo lo anterior se deduce que las plantillas deben servir de garantía a las futuras necesidades del sistema educativo, a la vez que a los derechos de los funcionarios que las ocupan o pudieran ocuparlas, como resultado de la resolución del concurso de traslados actualmente convocado.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las competencias conferidas

D I S P O N G O

Primero. Hacer pública la relación de puestos de trabajo que conforman las plantillas de los Centros Públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y del Primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, que figuran en el Anexo I.

Segundo. Los puestos de trabajo vacantes, objeto de provisión en el concurso de traslados y sus posiciones procesos previos convocados por la Orden de

17/.10.96 (BOJA del 31.10.96), son los que figuran en el Anexo II, además de las resultas que pudieran producirse de su resolución, sin perjuicio de lo recogido en el punto tercero.

Tercero. En las plantillas que se establecen en el Anexo I existen puestos de trabajo que no se ajustan al criterio establecido en la Norma Decimoquinta de las Comunes a las Convocatorias de la citada Orden de

17.10.96, por no estar previsto su funcionamiento, con carácter definitivo, en la planificación educativa de los centros afectados, estando algunos de ellos ocupados por funcionarios participantes en el actual concurso de traslados y con destino definitivo en los mismos. Los Centros y puestos de trabajo afectados por estas circunstancias son los que se relacionan en el Anexo III.

En consecuencia, con el fin de que la adecuación a estas plantillas y sus consiguientes puestos favorezca los intereses de los referidos funcionarios y para evitar que, en caso de que alguno de ellos se desplace mediante concurso de traslados, los puestos de trabajo sean nuevamente ocupados, las resultas que se produzcan dentro de los puestos de trabajo establecidos en el Anexo I y que estén recogidos en el Anexo III, quedarán minoradas y no se incorporarán al concurso de traslados a los efectos de la provisión.

Cuarto. Como Anexo IV se publica la ocupación actual por funcionarios con destino definitivo de los puestos correspondientes a los Centros Públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y del Primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, con las consideraciones establecidas en el preámbulo de esta Orden.

Quinto. En aplicación de los principios de eficacia y celeridad establecidos en el artículo 103 de la Constitución española y en los artículos 3 y 75 de de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.5 b) de la precitada Ley, los Anexos de la presente Orden, se publicarán en las dependencias de información de la Consejería de Educación y Ciencia y en los Tablones de Anuncios de las Delegaciones Provinciales.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 11 de febrero de 1997

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

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