Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 01/04/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 17 de marzo de 1997, por la que se delega en el Viceconsejero la competencia para suscribir el convenio de colaboración entre la Consejería de Salud, el Servicio Andaluz de Salud y el Instituto de Estadística de Andalucía para la codificación, explotación estadística y mejora de la calidad de la información sanitaria contenida en las estadísticas de movimiento natural de población en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El Decreto 317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, en su artículo 2.2, apartado f), establece que corresponde al Viceconsejero de Salud las funciones de coordinación y tutela de los sistemas de información sanitaria, registro y estadísticas oficiales de la Consejería.

Por ello, con el fin de adecuarlo a la actual situación organizativa de la Consejería, se hace necesario acordar la delegación que en la presente Orden se especifica, de acuerdo con lo establecido en los artículos 39.7 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me están conferidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Artículo único. Se delega en el Viceconsejero de Salud, para el solo acto que se expresa, la competencia para suscribir el Convenio entre la Consejería de Salud, el Servicio Andaluz de Salud y el Instituto de Estadística de Andalucía para la codificación, explotación estadística y mejora de la calidad de la información sanitaria contenida en las estadísticas de Movimiento Natural de Población en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Disposición Final Unica. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de marzo de 1997

JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO

Consejero de Salud

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