Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 01/04/1997

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Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 13 de marzo de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por la Consejera resolviendo el recurso ordinario interpuesto por don Antonio Padial Cantos. Procedimiento sancionador MA-390/95/EP.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Antonio Padial Cantos contra la resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Málaga por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

En Sevilla, a veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Visto el recurso ordinario interpuesto, se resuelve con la decisión que figura al final a la que sirven de motivación los siguientes hechos y fundamentos jurídicos.

HECHOS

Primero. El 31 de julio de 1995 adoptó el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Málaga la resolución por la que se sanciona al recurrente con una multa de cincuenta mil pesetas (50.000 ptas.) por la comisión de una infracción tipificada en la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre protección de la seguridad ciudadana como leve en su artículo 26.e).

Los hechos declarados probados fueron que el día 5 de junio de 1995, el establecimiento denominado «Mesón Andaluz¯ sito en Algarrobo Costa se encontraba abierto al público siendo las 4,45 horas, infringiéndose el horario legal de cierre de establecimientos públicos.

Segundo. Notificada la resolución el 8 de agosto de 1995, fue interpuesto el recurso ordinario con fecha 3 de noviembre de 1995, solicitando que sea retirada la sanción.

FUNDAMENTO JURIDICO

U N I C O

El plazo para la interposición del recurso ordinario es de un mes, computado a partir del día de su notificación, como se desprende de los artículos 48.4 y 114.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo cual se contiene expresamente en el pie de recursos de la resolución impugnada.

Toda vez que la resolución le fue notificada al interesado el 8 de agosto de

1995, transcurrido un mes sin ser impugnada, la resolución devino firme a todos los efectos, no pudiendo admitirse a trámite el recurso ordinario interpuesto el 3 de noviembre de 1995.

Vista la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normas de general y especial aplicación, resuelvo inadmitir el recurso ordinario.

Contra la presente resolución -dictada en virtud de la Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a este órgano administrativo de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Viceconsejero de Gobernación P.D. (Orden 29-7-85). Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova.

Sevilla, 13 de marzo de 1997.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.

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