Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 03/04/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 12 de marzo de 1997, de la Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica, por la que se hace pública la declaración del municipio de Mijas (Málaga) como zona de gran afluencia turística, a los efectos de horarios comerciales.

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, el Decreto 66/1994, de 22 de marzo, por el que se regulan los horarios para la apertura y cierre de los establecimientos comerciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en la Orden de 24 de julio de 1996, por la que se regula el procedimiento para la determinación de las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, se hace público que, por Resolución de la Consejería de Trabajo e Industria de fecha 10 de los corrientes, se declara el municipio de Mijas (Málaga) zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales durante los períodos que se relacionan a continuación, teniendo los establecimientos ubicados en su término municipal libertad horaria durante dichos períodos:

a) Semana Santa de los años 1997, 1998, 1999 y 2000.

b) Desde el día 1 de julio al día 30 de septiembre, ambos incluidos, de los años 1997, 1998, 1999 y 2000.

c) Desde 22 de diciembre de 1997 a 6 de enero de 1998; 22 de diciembre de

1998 a 6 de enero de 1999; 22 de diciembre de 1999 a 6 de enero del 2000, y

22 de diciembre del 2000 a 6 de enero del 2001, todos ellos incluidos.

Sevilla, 12 de marzo de 1997.- La Directora General, por ausencia (Decreto

316/96, de 2.7), El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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