Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 03/04/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 14 de marzo de 1997, por la que se acuerda la prórroga de la inscripción de las acreditaciones del Laboratorio Enyp, SA, de Málaga en las áreas de ensayos que se citan.

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La Orden de 15 de junio de 1989 (BOJA núm. 49, de 23 de junio de 1989), por la que se regula el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, establece que la inscripción del reconocimiento de una entidad como acreditada tendrá validez por un período de cinco años, debiendo los interesados solicitar su prórroga dentro de los seis meses anteriores a la terminación de dicho período.

Transcurridos cinco años de vigencia de la inscripción del reconocimiento del laboratorio «Enyp, S.A.¯, de Málaga, Polígono Industrial San Luis, C/ Veracruz, 31, como acreditado en las áreas de ensayos HA, HC, SE, ST y SV, solicitada prórroga por el representante legal de la empresa don Juan Martín Sánchez, a propuesta de la Secretaría General Técnica, previo informe favorable de los servicios técnico y jurídico, y en virtud de las facultades atribuidas por la Orden de 15 de junio citada.

ACUERDO

1º Prorrogar, por haber transcurrido el plazo de vigencia, la inscripción acordada por Orden de esta Consejería de 27 de noviembre de 1991 (BOJA

5.12.91), núm. L010-09MA, Sección Primera, de reconocimiento del laboratorio «Enyp, S.A.¯, de Málaga, sito en Polígono Industrial San Luis, C/ Veracruz,

31, como acreditado en las áreas de ensayos que se relacionan:

- HC «Area de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua¯.

- HA «Area de control de hormigón en masa o armado y materiales constituyentes: Cemento, áridos, agua, acero para armaduras, adiciones y aditivos¯.

- SE «Area de ensayos de laboratorio de mecánica del suelo¯.

- ST «Area de toma de muestras inalteradas, ensayos y pruebas in situ de suelos¯.

- SV «Area de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales¯.

2º Inscribir dicha prórroga en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública.

3º La prórroga tendrá los mismos efectos y validez que la inscripción de la que trae causa, concediéndose por nuevo período de cinco años.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación, previa comunicación a esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 14 de marzo de 1997

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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