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De conformidad con los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican, por medio de su anuncio, haciendo saber a los interesados que podrán comparecer en un plazo de diez días en este Organismo, sito en C/ Ancha de Gracia, núm. 6-2º, a fin de conocer el contenido íntegro de las resoluciones dictadas.
Exptes.: 24, 25 y 313/96. Don Francisco Heredia Heredia y doña Ana Mª Prieto Fernández, que con fecha 17-10-96 se ha dictado resolución de Desamparo Provisional, Asunción de Tutela y Acogimiento Residencial respecto de los menores EFFM y EZHP, pudiendo formular oposición ante el Juzgado de
1ª Instancia-Familia de esta capital.
Expte.: 186/96. Doña Carmen Rubio Mateo, que con fecha 13-8-96 se ha dictado resolución de Desamparo Provisional, Asunción de Tutela y Acogimiento Residencial respecto del menor RFR, pudiendo formular oposición ante el Juzgado de 1ª Instancia-Familia de esta capital.
Exptes.: 279 y 280/96. Doña Encarnación Hernández Quirós, que con fecha
23.9.96 se ha dictado resolución de Desamparo Provisional, Asunción de Tutela y Acogimiento Residencial respecto de los menores MR y JJHQ, pudiendo formular oposición ante el Juzgado de 1ª Instancia-Familia de esta capital.
Granada, 13 de diciembre de 1996.- El Delegado, Manuel Macías Romero.
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