Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 08/04/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 7 de marzo de 1997, de la Viceconsejería, por la que se aprueban los pliegos de cláusulas administrativas particulares, modelotipo, que han de regir la contratación de obras y de consultoría y asistencia.

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Como consecuencia de las nuevas necesidades planteadas por la entrada en vigor de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, con el fin de servir objetivamente a lo dispuesto en la legislación contractual, y al mismo tiempo, unificar criterios y agilizar los trámites en el procedimiento de adjudicación, se ha estimado la conveniencia de confeccionar nuevos Pliegos de Cláusulas Administrativas que han de regir los contratos suscritos por esta Consejería.

Por lo expuesto, previo informe del representante del Gabinete Jurídico de la Consejería de Presidencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Orden de 2 de enero de 1997, de la Consejería de Medio Ambiente, sobre delegación de competencias en materia de gestión económica, contratación administrativa, subvenciones y creación de mesas de contratación en los Servicios Centrales y en las Delegaciones Provinciales de la Consejería, resuelvo:

Primero. Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas-Particulares, modelo tipo, que han de regir los contratos de obras por el procedimiento abierto, bajo las formas de concurso, con y sin variantes, y subasta, y por el procedimiento restringido, bajo las formas de concurso con y sin variantes y subasta, respectivamente.

Segundo. Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, modelo-tipo, que han de regir los contratos de consultoría y asistencia por el procedimiento abierto y restringido bajo la forma de concurso y por procedimiento negociado, respectivamente.

Sevilla, 7 de marzo de 1997.- El Viceconsejero, Luis García Garrido.

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, MODELO TIPO PARA LA CONTRATACION DE OBRAS POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE LA FORMA DE CONCURSO SIN VARIANTES.

I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO

1.- Régimen jurídico.

2.- Objeto del contrato.

3.- Precio del contrato.

4.- Existencia del crédito.

5.- Plazo de ejecución de las obras.

6.- Capacidad para contratar.

II.- ADJUDICACION DEL CONTRATO.

7.- Formas de adjudicación.

8.- Lugar y forma de presentación de ofertas.

8-1.- Lugar de presentación de ofertas.

8-2.- Forma de Presentación de Ofertas.

8-2-1 Sobre nº 1. Título: Documentación General

8-2-2 Sobre nº 2. Título: Documentación Técnica.

8-2-3 Sobre nº 3. Título: Proposición económica.

3.- Procedimiento de adjudicación.

9-1.- Recepción de Documentación.

9-2.- Certificación y calificación de documentos.

9-3.- Apertura Ofertas Admitidas.

9-4.- Propuesta de Adjudicación.

9-5.- Adjudicación del contrato.

10.- Garantía definitiva.

11.- Formalización del contrato.

III.- EJECUCION DEL CONTRATO.

12.- Actuaciones previas a la iniciación de las obras.

13.- Iniciación de las obras.

14.- Programa de trabajo.

15.- Inspección y dirección de las obras.

16.- Prescripciones para la ejecución de las obras.

17.- Cumplimiento de los plazos y penalidades por mora.

18.- Ahorro de las obras ejecutables.

19.- Abono de las unidades de Seguridad e Higiene.

20.- Alta de las instalaciones, máquinas y equipos.

21.- Recepción de las obras.

22.- Liquidación.

23.- Plazo de garantía.

24.- Gastos derivados de las obligaciones del contrato.

25.- Prerrogativa de la Administración y vía jurisdiccional procedente. --------------------

ANEXO 1.- CUADRO-RESUMEN DEL CONTRATO.

ANEXO 2.- MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA.

ANEXO 3.- PROGRAMACION DE LAS OBRAS EN TIEMPOS Y COSTOS. ANEXO 4.- MEMORIA DEL PROGRAMA DE TRABAJO.

ANEXO 5.- OTRAS CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE OBRAS.

ANEXO 6.- PLAN DE ASEGURAMIENTO DE CALIDAD.

ANEXO 7.- JUSTIFICACION DE LA CAPACIDAD ECONOMICA, FINANCIERA Y TECNICA O PROFESIONAL.

ANEXO 8.- ORDEN DE PRIORIDAD DE LOS CRITERIOS A TENER EN CUENTA PARA LA VALORACION DE LAS PROPOSICIONES Y BAREMO QUE SE FIJA PARA ELLO. ANEXO 9.- CRITERIOS COMPLEMENTARIOS QUE SE TENDRAN EN CUENTA PARA LA VALORACION DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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