Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 15/04/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 96/1997, de 19 de marzo, por el que se autoriza al Ayuntamiento de El Almendro (Huelva) para adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal.

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El Ayuntamiento de El Almendro (Huelva) ha estimado oportuno adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal, a fin de perpetuar en él los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones vigentes y de conformidad con los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno en sesiones celebradas los días 6 de octubre de 1993 por el que se procedió a la aprobación de los mismos y 31 de enero 1997, por el que se acepta la propuesta formulada por la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba, elevó a la entonces Consejería de Gobernación el correspondiente proyecto y memoria descriptiva para su aprobación definitiva.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local y el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza, y previo informe favorable de la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba, según acuerdo del día 8 de junio de 1995.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo 2, apartado 7, del Decreto 14/1995, de 31 de enero, y del artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de

21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 marzo de 1997

D I S P O N G O

Artículo primero. Se autoriza al Ayuntamiento de El Almendro (Huelva) para adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal, que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo: De sinople y un almendro de oro acostado de dos torres de plata aclaradas de gules y mazonadas de sable, el todo terrasado de peñas al natural. Al timbre corona real española cerrada.

Bandera rectangular de proporciones 2 3, formada por una franja diagonal, del ángulo inferior del asta al superior del batiente blanca con el escudo municipal de ancho un medio de la bandera, siendo el triángulo del asta azul y verde el del batiente.

Artículo segundo. El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a este Consejo de Gobierno de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 19 de marzo de 1997

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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