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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 25 de marzo de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 486/1989, promovido por Construcciones y Contratas, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Carlos Alameda Ureña en nombre de «Construcciones y Contratas, S.A.¯ contra la resolución de 16-12-88, de la Consejería de Trabajo y Fomento de la Junta de Andalucía, que impone sanción de 2.000.000 ptas., debe anular y anula las citadas resolución y sanción por no resultar ajustadas a Derecho. Sin que haya lugar a expresa imposición de costas.
Sevilla, 3 de abril de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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