Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 3/5/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 8 de abril de 1997, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se presta conformidad a la enajenación mediante subasta de diez solares en la barriada Buenavista, propiedad del Ayuntamiento de Espelúy (Jaén).

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Espelúy, se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l), 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 79.1 y

80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.

Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta acordada por el Ilmo. Ayuntamiento de Espelúy (Jaén), en sesión plenaria de 7-3-1997, del siguiente bien:

Descripción:

Solar núm. 1: Linda por su frente o Norte con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Oeste, con finca núm.

2; por la izquierda, que es el Este, con otra calle de nueva apertura, sin nombre, y por el fondo, que corresponde al Sur, con finca núm. 10. Valor pericial: 279.500 ptas.

Solar núm. 2: Linda por su frente o Norte con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Oeste, con finca núm.

3; por la izquierda, que es el Este, con finca núm. 1, y por el fondo, que corresponde al Sur, con finca núm. 9.

Valor pericial: 209.625 ptas.

Solar núm. 3: Linda por su frente o Norte con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Oeste, con finca núm.

4; por la izquierda, que es el Este, con la finca núm. 2, y por el fondo, que corresponde al Sur, con finca núm. 8. Valor pericial: 209.625 ptas.

Solar núm. 4: Linda por su frente o Norte con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Oeste, con finca núm.

5; por la izquierda, que es el Este, con la finca núm. 3, y por el fondo, que corresponde al Sur, con finca núm. 7. Valor pericial: 209.625 ptas.

Solar núm. 5: Linda por su frente o Norte con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Oeste, con otra calle de nueva apertura, sin nombre; por la izquierda, que es el Este, con la finca núm. 4, y por el fondo, que corresponde al Sur, con finca núm. 6. Valor pericial: 279.500 ptas.

Solar núm. 6: Linda por su frente o Sur con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Este, con finca núm.

7; por la izquierda, que es el Oeste, con otra calle de nueva apertura, sin nombre, y por el fondo, que corresponde al Norte, con finca núm. 5. Valor pericial: 279.500 ptas.

Solar núm. 7: Linda por su frente o Sur con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Este, con finca núm.

8; por la izquierda, que es el Oeste, con finca núm. 6, y por el fondo, que corresponde al Norte, con finca núm. 4.

Valor pericial: 209.625 ptas.

Solar núm. 8: Linda por su frente o Sur con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Este, con finca núm.

9; por la izquierda, que es el Oeste, con finca núm. 7, y por el fondo, que corresponde al Norte, con finca núm. 3.

Valor pericial: 209.625 ptas.

Solar núm. 9: Linda por su frente o Sur con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Este, con finca núm.

10; por la izquierda, que es el Oeste, con finca núm. 8, y por el fondo, que corresponde al Norte, con finca núm. 2.

Valor pericial: 209.625 ptas.

Solar núm. Linda por su frente o Sur con calle de nueva apertura, sin nombre; por la derecha entrando, y que corresponde al Este, con otra calle de nueva apertura; por la izquierda, que es el Oeste, con finca núm., y por el fondo, que corresponde al Norte, con finca núm..

Valor pericial: 279.500 ptas.

Inscripción registral: Inscritas en el Registro de la Propiedad de Andújar, en el Libro 11 de Espelúy, en los folios 40 hasta 49, ambos inclusive y las fincas 679 hasta 688, inclusive.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes, desde el recibo de la presente, Recurso Ordinario, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el art. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 8 de abril de 1997.- La Delegada, Mª del Mar Moreno Ruiz.

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