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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 19 de diciembre de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm./1993, promovido por don Pedro Cárdenas Osuna, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Pedro Cárdenas Osuna contra las Resoluciones recogidas en el Primer Fundamento de Derecho, las cuales anulamos en el sentido de que la infracción cometida por el actor aparece tipificada como leve en el artículo
9.4 de la Ley 8/1988, de 7 de abril, y procede imponer la sanción de ciento cincuenta mil seis pesetas. Sin costas.
Sevilla, 15 de abril de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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