Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ASOCIACION DE RADIO TAXIS. CADIZ
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa base:
Bajada de bandera 141 ptas. kilómetro recorrido 74 ptas. Hora de espera o parada 1944ptas. Carrera mínima 360 ptas.
Suplementos:
Servicios días laborales
(Desde las 22,00 horas a las 6 horas) 83 ptas. Servicios festivos
(Desde las 0,00 horas hasta las 24,00 horas) 83 ptas. Maletas o bultos superior a 60 cms.
(Excepto carritos de inválidos y bebés) 54 ptas.
Servicios especiales:
Recogida de viajeros en la estación
de Renfe y muelles 84 ptas. Corpus, Carnavales y Semana Santa (Jueves y Viernes) más 24 y 31 de diciembre sobre lo marcado en taxímetro20% A.E.S.A., Dique Espigones, La Caleta,
Pto. Zona Franca 108 ptas.
Esta Orden surtira efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 25 de abril de 1997
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
Descargar PDF