Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 8/5/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 11 de abril de 1997, de la Dirección General de Administración Local, por la que se suprime un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional con la denominación de Viceintervención, perteneciente a la plantilla de funcionarios de la Diputación Provincial de Jaén.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Diputación Provincial de Jaén ha solicitado de esta Dirección General la supresión del puesto de trabajo de Viceintervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 14 de febrero de 1997, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 9 del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación y Justicia las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Se suprime el puesto de trabajo de la Excma. Diputación Provincial de Jaén denominado Viceintervención, clasificado como Intervención de clase primera, reservado para su provisión por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48, apartado e), de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el artículo 109, apartado

d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 11 de abril de 1997.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

Descargar PDF