Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 10/05/1997

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BOLLULLOS DE LA MITACION

ANUNCIO de bases.

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Don Antonio Gallego de la Rosa, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación (Sevilla).

Hace saber: Que por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 1996, se aprobaron las Bases para la convocatoria de dos plazas correspondiente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local y Categoría de Guardia, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 1996 de la plantilla de Funcionarios de este Ayuntamiento, cuyo contenido es el siguiente:

B A S E S

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante oposición libre de dos plazas de Policía Local vacantes en la plantilla de funcionarios de esta Entidad Local e integradas en la Oferta de Empleo Público para 1996.

Dichas plazas pertenecen a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase de Policía Local y categoría de Policía, estando adscritas estas a la Escala Básica conforme determina el artículo 14 de la Ley 1/1989, de 8 de mayo; encuadrándose en el Grupo D del art. 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, teniendo asignados los haberes correspondientes al nivel 8 de complemento de destino y el complemento específico determinado en la Relación de Puestos de Trabajo.

El aspirante que resulte nombrado para esta plaza deberá llevar a cabo sus funciones con TOTAL DEDICACION, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallare o no de servicio, en defensa de la Ley y la seguridad ciudadana.

La pertenencia al Cuerpo de la Policía Local dependiente del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación es causa de INCOMPATIBILIDAD para el desempeño, por sí o mediante sustitución, de cualquier otro puesto de trabajo, cargo, profesión o actividad, público o privado.

Segunda.- Proceso selectivo.

La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y, en su defecto, se estará a lo establecido en la Ley 1/1989, de 8 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, el Decreto 196/1992, de

24 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, modificado parcialmente por el Decreto 86/1994, BOJA núm. 13, de 23 de abril, la Orden de la Consejería de Gobernación, de

29 de enero de 1993, BOJA núm. 13, de 6 de febrero, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, y, en lo no previsto en la citada legislación, será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el Texto Refundido de las disposiciones legales en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, la Ley

30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 264/1995, de 10 de marzo y el Real Decreto 896/1991, de 7 de julio por el que se establecen la reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y por cualquier otra disposición que pudiera ser aplicable.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Lo que se hace público para general conocimiento.

Bollullos de la Mitación, 26 de marzo de 1997.- El Alcalde.

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