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Bajo la denominación de «Consorcio para la construcción y gestión del vertedero y prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos sólidos en los municipios de Vélez Blanco, Vélez Rubio y Chirivel¯ se constituyó una Entidad consorcial cuyos Estatutos fueron objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de fecha 4 de febrero de 1995, mediante Resolución de 24 de enero de 1995 de la entonces Dirección General de Administración Local y Justicia.
La modificación de los Estatutos ante la incorporación al Consorcio del municipio de María, así como el hecho de haber sido ampliados los fines del mismo, ocasionaban que la denominación del Consorcio pasase a ser la de «Consorcio para la construcción y gestión del vertedero y prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos sólidos, así como para cualquier gestión relacionada con el medio ambiente en los municipios de Vélez Blanco, Vélez Rubio, Chirivel y María¯.
Apuntada la conveniencia de su modificación ante el gran número de vocablos que conforman la denominación del Consorcio, así como por el uso abreviado que viene realizando, se adopta acuerdo por la Junta General del Consorcio en la sesión celebrada el día 21 de febrero de 1997 en el sentido de modificar la denominación del mismo por la de «Consorcio de Los Vélez¯.
Por todo ello, esta Dirección General a tenor de lo establecido en el artículo 36.2 de la Ley 7/1993, de 27 de julio, reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía,
R E S U E L V E
Primero. Acordar la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de la denominación que ostenta el Consorcio de Los Vélez.
Segundo. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida mediante la interposición del correspondiente recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia en el plazo de un mes, contado en los términos del artículo de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicho recurso podrá presentarse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo conforme a lo previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley anteriormente citada.
Sevilla, 21 de abril de 1997.- El Director General, Jesús M.ª Rodríguez Román.
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