Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 22/05/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 2 de mayo de 1997, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm./87, interpuesto por don Francisco Adonis López Pastor y otros.

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En el recurso Contencioso-Administrativo núm./87, interpuesto por don Francisco Adonis López Pastor, don Eduardo Amat Fernández, don Juan Antonio Miguel Molina Ruiz, don Miguel Angel del Rey Pérez Caballero, don José Luis Barrionuevo Arevalo, don José Mª de LHotellerie de Fallois Romera y don Rafael López Lafuente-López, contra las denegaciones presuntas por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía de las peticiones en vía administrativa de los actores de que se procediera a la convocatoria de concurso-oposición para la cobertura de las plazas vacantes en los servicios de salud no jerarquizados de Almería, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada dictó sentencia estimatoria de las pretensiones de los recurrentes, con fecha 10 de diciembre de 1990, declarada firme con fecha 10 de junio de 1996, tras sentencia confirmatoria de 19 de febrero de 1996 dictada por el Tribuna Supremo desestimatoria del recurso de apelación

8053/1991, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Se desestima la causa de inadmisibilidad invocada por la Administración y se estima el recurso interpuesto por don Francisco A. López Pastor, don Eduardo Amat Fernández, don Juan Antonio Molina Ruiz, don Miguel A. del Rey Pérez Caballero, don José L. Barrionuevo Arévalo, don José Mª de LHotellie y don Rafael López Lafuente-López, contra las denegaciones presuntas por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía de las peticiones que dirigieron en 8 de mayo de 1986 de que se procediera a sacar a concurso las vacantes existentes en aquella fecha en Instituciones Abiertas de la Seguridad Social en Almería. Anulando los actos impugnados por ser contrarios a derecho y declarando el derecho que asiste a los actores a que por la Junta de Andalucía se realicen los expresados concursos, a cuya celebración se condena a la Administración demandada. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.¯ Planteado incidente de ejecución, ejecutoria 35/96, ha sido resuelto por Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de

17 de enero de 1997. Por todo ello, y en cumplimentación del requerimiento realizado en Providencia de 7 de febrero de 1997, y de conformidad con lo establecido en los arts. 103 y siguientes de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Dirección General de Personal y Servicios, conforme a las atribuciones que tiene conferidas por Ley 8/1986 de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud, y Decreto 317/1996 de 2 de julio, de Estructura Orgánica de la Consejería de Salud y Servicio Andaluz de Salud,

R E S U E L V E

Llevar a puro y debido efecto la sentencia firme de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de fecha 10 de diciembre de 1990.

Se autoriza a la Delegación Provincial de la Consejería de Salud en Almería para adoptar las medidas necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del Decreto 317/1996, de 2 de julio.

Sevilla, 2 de mayo de 1997.- El Director General de Personal y Servicios, Tomás Aguirre Copano.

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