Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 21/06/1997

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Otros. NOTARIA DE DON JOAQUIN MATEO ESTEVEZ

ANUNCIO de iniciación de procedimiento hipotecario extrajudicial. (PP. 1780/97).

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Yo, Joaquín Mateo Estévez, Notario de Málaga y del Ilustre Colegio Notarial de Granada, con despacho en la calle Hilera, núm. 8, Portal, 4, 5º A y B, Edificio Scala 2.000 de Málaga, hago saber:

1º Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria en el que consta como acreedor «Mapfre Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros sobre la vida humana¯ con domicilio en Madrid, Avda. del General Perón, 40, y como deudores, don Antonio y doña Lucía Della Ratta, sobre la siguiente finca: «Vivienda unifamiliar sita en la parcela de terreno núm. 314 del Partido de Los Tomillares, hoy calle El Tomillar, 314, Urb. Cortijos del Sol de Alhaurín de la Torre. Consta de una planta diáfana de 148 metros cuadrados, sobre la que se ha construido una vivienda de 122 metros cuadrados, más 17 metros cuadrados de porche. La superficie de parcela es de 801 metros cuadrados¯ (finca registral núm. 3.989 del Registro de la Propiedad núm. 7 de Málaga), que se hipotecó en garantía de un préstamo de diecisiete millones de pesetas de capital, el cual se dio por vencido el veinticinco de febrero de mil novecientos noventa y siete, por causa del impago de la obligación.

2º Que el día de veinticinco de febrero de mil novecientos noventa y siete, se adeudaban diecisiete millones de pesetas de capital, un millón ciento seis mil ciento sesenta y cuatro pesetas de intereses ordinarios, treinta y siete mil quinientas setenta y dos pesetas de intereses de demora y siete mil novecientas treinta y seis con noventa y cinco pesetas más de intereses por cada día que transcurra hasta el cobro, sin perjuicio de la responsabilidad de la finca hasta el importe pactado por las costas y gastos causados o que se causen en el procedimiento.

3º Que no ha resultado posible la notificación por cédula a don Juan Santos Luna, titular de cargas posteriores, por no tener su domicilio en el señalado como tal en el Registro de la Propiedad, lugar donde tenía su domicilio la parte deudora, quien desconocía el domicilio de dicho señor.

4º Que, por ello, se le hace saber mediante el presente anuncio su derecho, si le conviene, a intervenir en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada por la hipoteca.

Málaga, 19 de mayo de 1997.- Joaquín Mateo.

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