Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 21/06/1997

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 3 de junio de 1997, de la Dirección General de Administración Local, por la que se prorroga la adscripción en comisión de servicios a don José Miguel Molina Correa, Secretario del Ayuntamiento de Berja (Almería), en el puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Albuñol (Granada).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Albuñol (Granada), según acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 28 de abril de 1997, por la que se solicita la prórroga de la adscripción temporal en comisión de servicios de don José Miguel Molina Correa, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, Categoría de Entrada, NRP 23765692/68/A/3012, al puesto de trabajo de Secretaría, así como la conformidad del Ayuntamiento de Berja (Almería), manifestada en el acuerdo plenario de fecha 7 de abril de 1997, teniendo en cuenta que persisten las circunstancias que motivaron la autorización de la mencionada comisión de servicios de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Prorrogar la adscripción en comisión de servicios, durante un año, de don José Miguel Molina Correa, Secretario del Ayuntamiento de Berja (Almería), al puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Albuñol (Granada), con efectos desde el día siguiente al de la terminación del período anterior y en las mismas circunstancias en que fue autorizada anteriormente.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48, apartado e), de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el artículo 109, apartado

d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 3 de junio de 1997.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

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