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Detectado que, en el Anexo de la Resolución de 16 de abril de 1997, por la que se conceden subvenciones a Municipios de la provincia de Sevilla para reparar daños producidos por las inundaciones, se recoge que al Ayuntamiento de Brenes se concede subvención por importe de 1.000.000 de pesetas para las obras de infraestructura Municipal «Suministro de Agua y Cementerio Municipal¯.
Visto el expediente tras cuya tramitación se concede la subvención, se detecta que en realidad la obra para la que se concede la misma es «Reparación de Cubierta del Polideportivo Municipal¯, toda vez que las obras indicadas habían sido subvencionada por Resolución de 24 de febrero de 1997, siendo ésta la causa del error detectado.
Por ello y conforme a lo establecido en el artículo 105.2 de la vigente Ley
30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Primero. Rectificar el error material detectado, debiendo figurar en el Anexo de la Resolución de 16 de abril de 1997, la siguiente subvención:
Municipio: Brenes.
Concepto: Reparación Cubierta del Polideportivo Municipal. Presupuesto: 1.500.000.
Subvención: 1.000.000.
Y en consecuencia, no figurando la que se publicó en el BOJA núm. 52, de 6 de mayo de 1997, esto es:
Municipio: Brenes.
Concepto: Suministro de agua y Cementerio Municipal. Presupuesto: 1.624.000.
Subvención: 1.000.000.
Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y notificar ésta al Ayuntamiento de Brenes, así como dar traslado de la misma a la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia, y al Sr. Interventor Territorial de la Delegación Provincial de Economía y Hacienda.
Sevilla, 4 de junio de 1997.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.
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