Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 26/06/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 5 de junio de 1997, de la Viceconsejería, por la que se encomienda la supervisión de proyectos de obras en sus Delegaciones Provinciales.

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MOTIVACION

Primero. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía tienen desconcentradas por Decreto 69/1994, de 22 de marzo, la facultad de supervisar por sus Unidades Técnicas los proyectos de obras hasta cincuenta millones de pesetas, correspondiendo a la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar, en virtud de las competencias delegadas por Orden de 16 de mayo de 1996, la supervisión del resto de los proyectos.

Segundo. La necesidad de agilizar las tareas de supervisión de proyectos de obras con vistas a alcanzar los objetivos previstos en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, que tienen su plasmación en el ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma en el Mapa Escolar de Enseñanzas y Red de Centros de Andalucía, aconseja encomendar a las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la facultad de supervisar por sus Unidades Técnicas los proyectos de obras de primer establecimiento, reforma, reparación, conservación y mantenimiento de centros docentes públicos de educación no universitaria sin límite de cuantía, sin perjuicio de las competencias delegadas de la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar y con independencia de las funciones que tienen desconcentradas en esta materia, por un período de un año.

Vistos: La Constitución Española de 1978, la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, la Orden de 21 de mayo de 1996, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería.

Por cuanto antecede, esta Consejería de Educación y Ciencia resuelve:

Primero. Encomendar a Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia la facultad de supervisar por sus Unidades Técnicas los proyectos de obras de primer establecimiento, reforma, reparación, conservación y mantenimiento de centros docentes públicos de educación no universitaria sin límite de cuantía, sin perjuicio de las competencias delegadas de la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar y con independencia de las funciones que tienen desconcentradas en esta materia.

Segundo. La naturaleza y alcance de la gestión encomendada se circunscribe a lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, correspondiendo la aprobación de los proyectos al centro directivo que lo tenga atribuido en función de sus competencias desconcentradas o delegadas.

Tercero. El plazo de vigencia temporal de la encomienda de gestión será de un año, a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de junio de 1997.- La Viceconsejera, Isabel Mateos Guilarte.

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