Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 24/07/1997

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Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 5 de junio de 1997, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza una planta de cogeneración de energía térmica y eléctrica de la empresa Ertisa, SA, situada en el término municipal de Palos de la Frontera (Huelva). (PP. 2185/97).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Ertisa, S.A., con domicilio social en Madrid, Avda. de América, 32, solicitó con fecha 6 de agosto de 1996, autorización administrativa para unas instalaciones ubicadas en la factoría de su propiedad, sita Polígono Industrial Nuevo Puerto, término municipal de Palos de la Frontera (Huelva).

Segundo. De acuerdo con el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de Autorización Administrativa en materia de instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 24, de 25 de febrero de 1997, BOP núm. 45, de 24 de febrero de 1997.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Autorización según lo dispuesto en el artículo 7º del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1082, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 132/1996, de 16 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 316/1996, de 2 de julio, sobre estructura orgánica de la Consejería de Trabajo e industria.

Vista la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Huelva, de fecha 4 de noviembre de 1996, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental de los proyectos para la ampliación de las instalaciones de Ertisa, S.A., en el término municipal de Palos de la Frontera (Huelva).

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía.

RESUELVE

Autorizar a la empresa Ertisa, S.A., la instalación de la mencionada planta de cogeneración, térmica y eléctrica cuyas características principales son:

- Generador eléctrico Peebles Electrical Machines con potencia de salida

26.700 KW (29.667 KVA), 11 KV. 50 Hz, 1.500 r.p.m. accionado por turbina de gas Coberra 6562 DLE.

- Equipos auxiliares de protección, maniobra, control, regulación y medida.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización, a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 5 de junio de 1997.- El Director General, Francisco Mencía Morales.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Ertisa, S.A., con domicilio social en Madrid, Avda. de América, 32, solicitó con fecha 6 de agosto de 1996, autorización administrativa para unas instalaciones ubicadas en la factoría de su propiedad, sita Polígono Industrial Nuevo Puerto, término municipal de Palos de la Frontera (Huelva).

Segundo. De acuerdo con el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de Autorización Administrativa en materia de instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 24, de 25 de febrero de 1997, BOP núm. 45, de 24 de febrero de 1997.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Autorización según lo dispuesto en el artículo 7º del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1082, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 132/1996, de 16 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 316/1996, de 2 de julio, sobre estructura orgánica de la Consejería de Trabajo e industria.

Vista la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Huelva, de fecha 4 de noviembre de 1996, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental de los proyectos para la ampliación de las instalaciones de Ertisa, S.A., en el término municipal de Palos de la Frontera (Huelva).

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía.

RESUELVE

Autorizar a la empresa Ertisa, S.A., la instalación de la mencionada planta de cogeneración, térmica y eléctrica cuyas características principales son:

- Generador eléctrico Peebles Electrical Machines con potencia de salida

26.700 KW (29.667 KVA), 11 KV. 50 Hz, 1.500 r.p.m. accionado por turbina de gas Coberra 6562 DLE.

- Equipos auxiliares de protección, maniobra, control, regulación y medida.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización, a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 5 de junio de 1997.- El Director General, Francisco Mencía Morales.

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