Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 26/07/1997

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Otros. AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS DE JAEN

ANUNCIO de bases.

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Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de la plantilla de este Ayuntamiento, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, dotada con el sueldo, pagas extraordinarias y demás emolumentos establecidos o que se establezcan por Ley, encuadrados en el grupo D.

Segunda. Para tomar parte en el Concurso-Oposición será necesario que los solicitantes reúnan las siguientes condiciones:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Enseñanza Media Elemental, Formación Profesional de Primer Grado o título equivalente. En el supuesto de invocar un título equivalente a los exigidos, dicha equivalencia deberá ser certificada por la Administración Educativa competente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para ser nombrado funcionario, prevista en la Ley de incompatibilidades y demás disposiciones aplicables.

Tercera. Las Instancias solicitando tomar parte en el sistema selectivo, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, adjuntando los títulos, certificaciones y cuantos documentos consideren necesarios para acreditar los méritos que aleguen a los efectos del concurso, bien en original o fotocopia compulsada y que se comprometen a prestar juramento o promesa en los términos legalmente previstos con carácter previo a la toma de posesión, se dirigirán al señor Alcalde, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente en que aparezca el anuncio de la convocatoria en extracto en el «Boletín Oficial del Estado¯. Los méritos computables en la Fase de Concurso deberán referirse como máximo a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 1.500 ptas., serán satisfechos por los opositores al presentar la instancia, y sólo serán devueltos en el caso de no ser admitidos a la oposición. Las instancias irán acompañadas del resguardo acreditativo del ingreso de los derechos de examen.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el señor Alcalde-Presidente procederá a la aprobación de la lista de admitidos y excluidos, pudiendo los aspirantes excluidos, en el plazo de diez días previsto en el art. 71 de la Ley 30/1992, subsanar las deficiencias.

Asimismo, el Sr. Alcalde procederá al nombramiento del Tribunal Calificador, que se hará público junto con la lista de admitidos en el Boletín Oficial de la Provincia, y a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente. En dicho edicto se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios cuya práctica no pudiese llevarse a cabo conjuntamente.

Cuarta. El Tribunal Calificador de las pruebas estará constituido de conformidad con lo establecido en el Decreto 896/1991, de 7 de junio, y Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en la siguiente forma:

- Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.

- Vocales:

Un Representante del Profesorado Oficial designado por el Instituto de Estudios de Administración Local.

Un Representante de la Comunidad Autónoma. Un Representante de la Corporación del Grupo PP.

Un Representante de la Corporación del Grupo PSOE.

El Delegado de personal o quien legalmente le sustituya.

- Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente.

Quinta. La fecha de comienzo de los ejercicios se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento, además de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con una antelación de, al menos, quince días hábiles.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo en caso de fuerza mayor, debidamente justificado y apreciado libremente por el Tribunal.

Sexta. Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:

- Primer ejercicio: De carácter obligatorio para todos los aspirantes, consistirá en procesar un texto administrativo que facilitará el Tribunal, en un ordenador del Ayuntamiento, utilizando el procesador de textos Word Perfect 5.1.

El tiempo empleado será de 30 minutos y se valorará el grado de exactitud y presentación del documento obtenido.

- Segundo ejercicio: De carácter obligatorio para todos los aspirantes, consistirá en la introducción de dos hojas padronales en un ordenador del Ayuntamiento, Sistema Operativo UNIX, B D Informix, aplicación GIMSA.

El tiempo empleado será de 20 minutos y se valorará el grado de exactitud del documento.

- Tercer ejercicio: De carácter obligatorio para todos los aspirantes, este ejercicio consistirá en desarrollar oralmente, en un período máximo de 30 minutos, dos temas extraídos al azar de entre los que figuran en el programa anejo a la convocatoria.

Los ejercicios serán calificados hasta un máximo de puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal en cada ejercicio a cada uno de los opositores presentados será de cero a diez. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas y dividiendo el total por el número de miembros asistentes del Tribunal, siendo el cociente la calificación obtenida en el ejercicio. Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas el mismo día en que se acuerden.

Séptima. Los aspirantes que superen la fase de oposición se someterán para el concurso al siguiente baremo:

- Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Valdepeñas de Jaén como Funcionario en el Grupo D: 0,30 por año.

Máximo: 4 puntos.

- Por servicios prestados como Funcionario del Grupo D en otra Administración Pública: 0,15 por año.

Máximo: 4 puntos.

- Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Valdepeñas de Jaén, desempeñando funciones relacionadas con el puesto a cubrir: 0,75 por año. Máximo: 3 puntos.

- Por asistencia acreditada de cursos impartidos por IAAP-INAP, de materias relacionadas con la plaza a cubrir:

De 60 horas: 0,50 puntos.

De 25 horas: 0,25 puntos.

Máximo: 1 punto.

La calificación del Concurso se sumará a la calificación global obtenida en el ejercicio de la fase de Oposición, pero en ningún caso, la puntuación obtenida en el Concurso podrá aplicarse para superar el ejercicio de la fase de Oposición.

Octava. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo superar ésta el número de plazas convocadas, formulando ante el Sr. Alcalde propuesta de nombramiento. El aspirante propuesto presentará en la Secretaría del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente Certificación del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

La documentación a presentar por el aspirante propuesto será la siguiente:

1. Documento Nacional de Identidad.

2. Copia auténtica o fotocopia, que deberá presentarse acompañada del original para su compulsa, del título de Graduado Escolar, de Enseñanza Media Elemental o de Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

3. Declaración Jurada de no hallarse en causa de incapacidad, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

4. Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

Novena. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en las presentes bases.

Décima. En lo no previsto en estas bases se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones aplicables.

Undécima. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta podrán ser impugnados por los interesados respectivos, así como la actuación del Tribunal, en los casos y formas establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo.

TEMARIO

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. El Poder Legislativo.

4. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía.

5. La Administración Local.

6. El Administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

7. El Acto administrativo. Principios generales del procedimiento administrativo.

8. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

9. Funcionamiento de los Organos Colegiados Locales. Convocatoria y Orden del Día. Actas y Certificados de Acuerdos.

10. La Función Pública Local y su organización.

11. Derechos y Deberes de los Funcionarios públicos locales. Derecho de sindicación. Seguridad Social.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Valdepeñas de Jaén, 19 de junio de 1997.- El Alcalde.

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