Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 29/07/1997

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 10 de julio de 1997, por la que se destinan doscientos veinte millones de pesetas para conceder subvenciones a las Corporaciones Locales de las provincias de Cádiz y Huelva afectadas por las inundaciones de diciembre 95 y enero 96.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Como consecuencia de las lluvias acaecidas en el territorio de las distintas Corporaciones Locales de las provincias de Cádiz y Huelva en los meses de diciembre del año 95 y enero del 96, han provocado numerosas inundaciones ocasionando graves daños materiales en las infraestructuras municipales, siendo necesaria la reparación urgente de tales daños mediante la concesión de las correspondientes subvenciones, a tenor de lo previsto en el artículo 1º B) del Decreto 117/89, de 31 de mayo, de regulación de las subvenciones a Corporaciones Locales.

Estas ayudas se financiarán con cargo al denominado «Fondo de Catástrofes¯ existente en el presupuesto de la Consejería de Gobernación y Justicia.

Atendiendo al carácter finalista de la propia subvención y a los principios de eficacia, economía y celeridad, se prevé una delegación expresa en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía de la facultad de otorgar ayudas con cargo al citado presupuesto.

En virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 39 y 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, artículo 50 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, artículo 18 de la Ley 8/1996, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1997, artículos 1º B) y 3º del Decreto 117/89, de 31 de mayo, ya citado, y la Orden de 1 de octubre de 1987, de regulación del Fondo de Catástrofes,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto destinar a las Corporaciones Locales de las provincias de Cádiz y Huelva la cantidad de doscientos veinte millones de pesetas (220.000.000 ptas.), a fin de atender mediante subvenciones los daños sufridos en las infraestructuras municipales como consecuencia de las lluvias habidas en los meses de diciembre del año 95 y enero del 96, distribuyéndose la citada cantidad como a continuación se indica, atendiendo a la gravedad y valoración de los daños:

Cádiz: 152.500.000 ptas.

Huelva: 67.500.000 ptas.

Artículo 2. Carácter de la subvención.

Por la propia naturaleza de las Corporaciones Locales, como beneficiarias de estas ayudas, y el carácter finalista de la propia subvención, lleva implícita la declaración de excepcional y justificada la finalidad pública e interés social.

Artículo 3. Orden de pago.

El pago de las subvenciones que se otorguen a tenor de lo dispuesto en la presente Orden, se ordenarán con cargo a la aplicación presupuestaria

01.10.00.01.00.761.00.21B.7 denominada «Fondo de Catástrofes¯.

Artículo 4. Delegación de competencias.

1. Sin perjuicio de lo establecido en la Orden de 11 de marzo de 1992, se delega en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía la facultad de otorgar subvenciones al amparo de esta Orden, mediante las correspondientes resoluciones, en las cuales se hará constar esta circunstancia.

2. La Consejera de Gobernación y Justicia podrá recabar en cualquier momento la competencia delegada.

Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de julio de 1997

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

Descargar PDF