Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 02/08/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 10 de julio de 1997, sobre modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Sevilla en la parcela situada en la Ronda Urbana SE-30 y Prolongación de la Carretera de Brenes.

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Examinado el expediente de Modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Sevilla en la parcela situada en la Ronda Urbana SE-30 y Prolongación de la Carretera de Brenes, aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento el 20 de diciembre de 1996 y elevado a esta Consejería para su aprobación definitiva, en virtud de los artículos 118.3.a y 128.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992 de 26 de junio (TRLS

1/92), actualmente Artículo Unico de la Ley 1/1997 por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de régimen de suelo y ordenación urbana (LRSOU 1/97) y apartado 10 del artículo 5.2 del Decreto

77/1994 de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Atendiendo a lo dispuesto en los anteriores textos legales y visto el informe de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, emitido en sesión de 7 de julio de 1997, tras el análisis del realizado por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en virtud de lo previsto en el apartado 10 del artículo 5.2 del Decreto

77/1994, de 5 de abril, en relación al Artículo Unico de la LRSOU 1/97 (artículo 118.3.a del TRLS 1/92).

HE RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Sevilla que tiene por objeto la exclusión de la parcela situada en la Ronda Urbana SE-30 y Prolongación de la Carretera de Brenes del Sistema General de Equipamiento Sanitario y su inclusión como Servicios manteniendo la calificación de Servicio de Interés Público y Social para la instalación de un Tanatorio.

El Ayuntamiento de Sevilla adaptará el ámbito de la Modificación a lo previsto en el informe del Servicio Andaluz de Salud de 18 de febrero de

1997. La ordenación de los volúmenes se realizará mediante un Estudio de Detalle según lo dispuesto en el artículo 4.86 de las Normas Urbanísticas del Plan General.

Segundo. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 del Decreto

77/1994 y se notificará al Ayuntamiento de Sevilla y a los interesados.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados a partir del día de su publicación o, en su caso, notificación, previa comunicación a esta Consejería, todo ello de conformidad con la legislación vigente en materia de procedimiento administrativo y contencioso-administrativo.

Sevilla, 10 de julio de 1997

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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