Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 05/08/1997

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Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 21 de julio de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por la Consejera, resolviendo el recurso ordinario interpuesto por don Eusebio Arroyo Pérez, recaída en el expediente sancionador que se cita. (SE-73/96-M).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Eusebio Arroyo Pérez, contra la resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Sevilla, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, a veinticinco de junio de mil novecientos noventa y siete.

Visto el recurso ordinario interpuesto y en base a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Por el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Sevilla, se dictó con fecha 9 de julio de 1996, resolución por la que se sancionaba a don Eusebio Arroyo Pérez con una multa de ciento cincuenta mil pesetas (150.000 ptas.) e inutilización de la máquina objeto del expediente, por infracción a la Ley

2/86, de 19 de abril, del Juego y Apuestas y al Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 181/87, de 29 de julio.

Segundo. Notificada la misma el día 24 de julio de 1996, se interpuso por don Eusebio Arroyo Pérez recurso ordinario con fecha 26 de agosto de 1996.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

De acuerdo con lo previsto en el art. 114.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para la interposición del recurso ordinario será de un mes a partir, según su art. 48.4, del día en que tenga lugar la notificación.

II

A la vista de la fecha de la notificación de la resolución (24 de julio de

1996) y de presentación del recurso ordinario (26 de agosto de 1996), éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la resolución recurrida.

Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general aplicación, resuelvo no admitir a trámite el recurso ordinario interpuesto.

Contra la presente resolución, -dictada en virtud de la Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a este órgano administrativo de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Viceconsejero de Gobernación y Justicia, P.D. (Orden 29-7-85), Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova.¯

Sevilla, 21 de julio de 1997.- La Secretaria General Técnica, Presentación Fernández Morales.

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