Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Uno.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.2º de la Ley
11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; artículo 2.4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios y el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, que lo modifica y a tenor de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 5/1993, de 1 de julio, del Parlamento de Andalucía, por la que se crea la Universidad de Jaén.
Esta Presidencia, en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Comisión Gestora, con fecha 9 de julio, ha resuelto convocar concurso para la provisión de las plazas docentes que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.
Dos.- Estos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica
11/1983, de 25 de agosto de Reforma Universitaria ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre); el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios; Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, sobre modificación parcial del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y en lo no previsto por estas disposiciones, por la legislación vigente que regula el régimen general de ingreso en la Administración Pública y demás normas de general aplicación.
Tres.- La tramitación de los concursos para la provisión de las plazas citadas será independiente para cada una de ellas, quedando garantizados, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.
Cuatro.- Para ser admitidos a los concursos, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Jaén, 14 de julio de 1997.- El Rector-Presidente de la Comisión Gestora, Luis Parras Guijosa.
VEANSE ANEXOS