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La provisión de puestos de trabajo del Personal Laboral fijo de la Universidad de Jaén se realiza de conformidad con lo dispuesto en Título II, Capítulo 3, del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades de Andalucía.
Realizados los procesos de traslado y promoción interna y acordadas las plazas vacantes que se pueden ofertar para su cobertura con personal de nuevo ingreso, este Rectorado, al amparo de lo establecido en el art..1º de la Ley 5/1993, de 1 de julio, del Parlamento de Andalucía, por la que se crea la Universidad de Jaén; así como en el art. 3.2º e) de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria y de conformidad con lo establecido en el art. 22 del antedicho Convenio Colectivo, resuelve convocar oposición libre para cubrir mediante contratos en régimen laboral de duración indefinida, las plazas de personal laboral que se indican en la norma 1.1 de esta convocatoria, vacantes en la plantilla de esta Universidad, con arreglo a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho plazas de la categoría de Ayudante de Servicios de Conserjería, grupo V.
1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el vigente Convenio Colectivo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 98, de 30 de junio de 1994) y las bases de la convocatoria.
1.3. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II.
1.4. El sistema de selección de los aspirantes será de oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se especifican en el Anexo I.
1.5. Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizados, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito, con arreglo al siguiente calendario:
El primer ejercicio no se iniciará antes del 22 de septiembre de 1997. La fecha, hora y lugar en que se realizará el mismo se fijarán en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista de admitidos y excluidos.
1.6. Las funciones que, con carácter general, corresponden a las plazas en relación con la categoría y grupo que se convoca, así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán a lo que determine el Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas.
1.7. Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio Colectivo y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de personal laboral al servicio de los Organismos Públicos.
1.8. El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades.
2. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
b) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales, celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación de libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
c) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o formación laboral equivalente o experiencia laboral con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.
Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que se acompaña como Anexo III, que será facilitado en el Negociado de Información de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública que se facilitan en las Subdelegaciones del Gobierno.
3.2. Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.
3.3. La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad de Jaén o en la forma establecida en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A la instancia se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.
c) Se acreditará la posesión de la titulación académica o equivalente exigible.
3.4. Los derechos de examen de esta oposición serán de 1.500 pesetas, que se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, en cualquiera de sus oficinas, número de cuenta 3067.0109.0200001272 a nombre de la Universidad de Jaén: Oposición personal laboral; o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. En ningún caso la presentación y pago en la entidad de crédito supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.
3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector hará pública, en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén, situado en el Edificio núm. 10 del Campus de Las Lagunillas y en «Boletín Oficial del Estado¯, una resolución con la lista de los aspirantes excluidos, con expresión de las causas de la no admisión y el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios. Serán excluidos aquellos aspirantes que no aporten copia del Documento Nacional de Identidad, no abonen derechos de examen o no acrediten la formación académica exigida.
3.6. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado¯, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
Contra dicha resolución podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación.
3.7. Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Tribunal Calificador.
4.1. Composición: El Tribunal Calificador de estas pruebas estará formado por el Rector de la Universidad de Jaén o persona en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo; dos miembros de la Administración Universitaria nombrados por el Rector, dos miembros designados por el Comité de Empresa, actuando como Secretario un miembro del Personal de Administración y Servicios adscrito al Servicio de Personal.
Debido a la urgente necesidad de la publicación de la convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se exponga la lista de excluidos a que se refiere la base 3.5.
4.2. El Tribunal podrá nombrar vocales asesores, que actuarán con voz pero sin voto.
4.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.4. Los Tribunales no podrán actuar sin la presencia de al menos, tres de sus miembros con derecho a voto y, en todo caso, el Presidente y el Secretario (o sus suplentes).
4.5. Previa convocatoria del Presidente del Tribunal, éste celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas.
4.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección de Personal PAS, edificio núm. 10 del Campus de Las Lagunillas, de la Universidad de Jaén, teléfono 953/21.22.77.
4.7. Los aspirantes serán convocados en único llamamiento, debiendo ir provistos del Documento Nacional de Identidad o acreditación equivalente.
4.8. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posea la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén. Contra la exclusión del aspirante podrá interponer recurso ordinario ante la misma autoridad indicada anteriormente.
4.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5. Relación de aprobados. Presentación de documentos y posterior nombramiento.
5.1. El Tribunal hará pública la lista de aspirantes que hayan superado el ejercicio en el mismo lugar donde éste se realizó y en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén.
5.2. Finalizadas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan obtenido plaza, por orden de puntuación total.
En el plazo de tres días desde que se haga pública dicha relación, el Presidente del Tribunal correspondiente elevará propuesta de nombramiento al Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Jaén, sin que en ningún caso excedan las propuestas del número de plazas convocadas.
El Tribunal, igualmente, podrá hacer pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados, y en el caso de que alguno de los solicitantes propuestos no llegase a formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta al solicitante que le siga en orden de puntuación.
5.3. Los aspirantes que superen las presentes pruebas selectivas para su contratación como personal laboral fijo presentarán en el Servicio de Personal de esta Universidad, dentro de los veinte días naturales a aquél en que se hizo pública la relación de aprobados en el «Boletín Oficial del Estado¯, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad acompañada del original para su comprobación.
b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al interesado.
5.4. Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.
El nombramiento surtirá efectos cuando se formalice el contrato correspondiente.
5.5. En el contrato que se suscriba se fijará el período de prueba que determina el Convenio Colectivo y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.
6. Norma final.
6.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en esta oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.
6.2. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo interponer contra la presente Resolución recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, comunicando previamente su interposición a este Rectorado, según el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Jaén, 24 de julio de 1997.- El Rector, Luis Parras Guijosa.
ANEXO I
Ejercicios y valoración
Primer y único ejercicio: En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán responder a un cuestionario de preguntas con respuesta alternativa sobre el programa que figura como Anexo II de esta convocatoria.
Este ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.
No podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la realización del ejercicio. Las contestaciones erróneas se penalizarán de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:
N = [A - E/D-1]/n *10
N= Nota resultante.
A= Número de aciertos.
E= Número de errores.
d= Número de opciones para cada pregunta.
n= Número de preguntas.
ANEXO II
PROGRAMA
1. Ley del Parlamento Andaluz 5/1993, de 1 de julio, de Creación de la Universidad de Jaén (BOJA núm. 72, de 6 de julio de 1993) y Decreto 58/1995, de 7 de marzo, por el que se aprueba la Normativa Provisional de la actividad Universidad de Jaén (BOJA núm. 57, de 8 de abril de 1995):
- Antecedentes para la creación de la Universidad de Jaén.
- Estructura y organización de la Universidad de Jaén.
- Organos Provisionales de Gobierno.
- Centros de la Universidad de Jaén.
- Estudios que imparte la Universidad de Jaén.
- Miembros de la comunidad universitaria. Unidades de Administración y Servicios:
Relación de Puestos de Trabajo de personal laboral, publicada en el BOE núm.
13, de 15 de enero de 1996.
Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario, publicada en el BOE núm. 90, de 15 de abril de 1994, modificada por acuerdo de la Comisión Gestora publicado en el BOE núm. 123, de 21 de mayo de 1996.
- Régimen económico-financiero de la Universidad de Jaén.
2. III Convenio Colectivo para el personal laboral al Servicio de las Universidades Andaluzas, suscrito entre éstas y la representación de los trabajadores el día 19 de mayo de 1994 (BOJA núm. 98, de 30 de junio de
1994).
3. Cultura general de acuerdo con el nivel de titulación académica exigido para el acceso al grupo de Clasificación Profesional convocado.
ANEXO III EN EL BOJA
INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO
Instrucciones generales.
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta.
Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en todos los ejemplares.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o tachaduras. No escriba en los espacios sombreados o reservados.
No olvide firmar el impreso.
Instrucciones particulares.
1. Grupo. Consigne el texto y, en su caso, el código del grupo profesional que figura en la correspondiente convocatoria.
2. Categoría profesional. Consigne, cuando proceda, el texto y el código de la convocatoria.
3. Forma de acceso. Consigne la letra mayúscula tomando la que corresponda con arreglo a la siguiente clave:
Letra Forma de acceso
L Libre.
R Promoción Interna.
P Libre con puntuación en fase de concurso.
5. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.
Consigne en la Liquidación el importe de los derechos de examen y número de la cuenta corriente que se indica en la convocatoria, ya que es un impreso autoliquidativo.
La presente instancia deberá entregarse en el lugar señalado en la convocatoria
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