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En cumplimiento de lo requerido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, Sección 3ª, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y en razón al recurso contencioso-administrativo núm.
1306/97, interpuesto por Asociación de Comerciantes e Industriales de Nerva, Asociación Foro Cuenca Minera y Asociación de Mujeres Luna, contra la Orden de 25 de abril de 1997, de esta Consejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Nerva (Huelva), publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 53, de 8 de mayo de 1997, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, en la redacción dada por Ley 10/1992, de 30 de abril, de Medidas Urgentes de Reforma Procesal, y en virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de
1994,
DISPONGO
1º La remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
2º Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo núm.
1306/97-3ª
3º Emplazar al Excmo. Ayuntamiento de Nerva.
4º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, emplazando a otros terceros interesados para que comparezcan en los referidos Autos, si a su derecho conviniere, en forma legal, en el plazo de nueve días.
Sevilla, 29 de julio de 1997.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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