Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 21/08/1997

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Consejería de Trabajo e Industria

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, sobre notificación de tasa por sanción del expte. sancionador núm. SE/102/96/DM/MT.

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Notificación de tasa por sanción del expediente sancionador núm. SE/102/96/DM/MT.

Intentada la notificación sin haberse podido practicar de la tasa por sanción del expediente sancionador núm. SE/102/96/DM/MT, incoado por esta Delegación por infracción a la normativa minera contra quien más abajo se indica, esta Delegación de Trabajo e Industria ha resuelto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 58 y 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en BOJA, a los efectos de notificación.

La Ilma. Sra. Delegada de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía en Sevilla dictó, con fecha 24 de marzo de 1997, Resolución por la que se impone la sanción de cincuenta mil pesetas a la entidad Suarsa, con domicilio a efectos de notificación en C/ Monte Carmelo, núm. 55, 2º B, de Sevilla, por infracción a la normativa minera, y concedido plazo para la interposición del recurso ordinario, sin que haya hecho uso de su derecho, queda agotada la vía administrativa.

La cuantía de la sanción podrá hacerse efectiva mediante ingreso en dinero, giro, transferencia o cheque en cualquiera de las cuentas abiertas en las entidades colaboradoras (Cajas de Ahorros y Bancos) de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía, cuenta restringida de la Delegación Provincial de Hacienda de Sevilla para la recaudación de tributos¯, a cuyo efecto se le remite el correspondiente impreso de liquidación para que formalice el ingreso, a partir del día siguiente a la presente notificación y de acuerdo con la normativa vigente, de la siguiente forma:

Si dicha notificación se efectúa entre el 1 y el 15 del mes en curso, el período voluntario será hasta el día 5 del mes siguiente, si la notificación se hace entre el 16 y el 30 del mes en curso, el período voluntario será hasta el día 20 del mes siguiente, con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción, se expedirá la certificación de descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio.

Efectuado el pago deberá proceder a la devolución del impreso núm. 4 a esta Delegación Provincial; ya que de no hacerlo, no tendríamos constancia del pago en período voluntario y se procedería a su cobro por vía ejecutiva. Sevilla 25 de junio de 1997. El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas. Fdo.: Miguel Torres Subiela.

Sevilla, 18 de julio de 1997.- La Delegada, María José Fernández Muñoz.

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