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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, procede hacer pública la concesión por el Consejero de Agricultura y Pesca, de la subvención con carácter excepcional, que se cita a continuación:
Programa y Crédito presupuestarios:
Programa: 61C. Ordenación y Fomento de las Actividades Pesqueras. Crédito Presupuestario: 783.000.
1º Beneficiario: Federación Andaluza de Cofradías de Pescadores. Importe: Treinta y nueve millones (39.000.000) de pesetas. Finalidad:
- Continuar el Plan de Actuación para la mejora de la gestión iniciada en el año 1996 en las Cofradías de Pescadores y sus Federaciones.
- Desarrollar, a través de las Cofradías de Pescadores y en colaboración con la Consejería de Agricultura y Pesca, un Programa de formación relacionado con las diversas líneas de actuación recogidas en el programa orientativo de Iniciativa Comunitaria Pesca, y celebrar unas jornadas Regionales en las que se debatan temas de interés general para el sector pesquero.
Sevilla, 30 de junio de 1997.- El Director General, Francisco Gómez Aracil.
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