Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 15/09/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 169/1998, de 1 de septiembre, por el que se crean los puestos de Coordinadores/as en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.

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El Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, de creación y regulación de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, regula, entre las competencias asignadas a éstos, las de coordinación que se recogen en el artículo 8 del mencionado Decreto. Estas contienen funciones de orientación, coordinación, impulso y comunicación con las Delegaciones Provinciales y de relación con las Entidades Locales y la Administración del Estado. La asistencia en la realización de las competencias referidas anteriormente hace necesaria la creación de puestos de Coordinadores/as en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.

En virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.12 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda y a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de septiembre de

1998,

DISPONGO

Artículo 1. Se crean en cada una de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía los puestos de trabajo de Coordinador/a.

Artículo 2. Los puestos recogidos en el artículo anterior serán provistos mediante nombramiento eventual, siendo su régimen jurídico el que se determina en los artículos 28 y 47 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

Serán nombrados, dentro de las disponibilidades presupuestarias, por el titular de la Consejería de Gobernación y Justicia a propuesta del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en la respectiva provincia.

Artículo 3. Corresponde a los Coordinadores de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, como puestos de confianza y asesoramiento especial, entre otras, las funciones de asistencia al Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en los asuntos que éstos determinen relativos, fundamentalmente, a las competencias de coordinación recogidas en el artículo 8 del Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, por el que se crean y regulan las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.

Artículo 4. Las retribuciones de los puestos de Coordinador de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía serán las equivalentes a las de un funcionario del Grupo A, con complemento de destino nivel 26 y complemento específico

1.486.000 pesetas, por los factores de responsabilidad, dificultad, dedicación e incompatibilidad.

Disposición final única. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de septiembre de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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