Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 17/09/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 1 de septiembre de 1998, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se procede a la publicación del Convenio firmado con la Asociación de Empresarias de Sevilla para la gestión de un Centro VIVEM y desarrollo del proyecto Recursos para Emprendedoras.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De acuerdo con lo estipulado en la cláusula 17 del Convenio firmado con la Asociación de Empresarias de Sevilla para la gestión de un «Centro VIVEM¯ y desarrollo del proyecto «Recursos para Emprendedoras¯, se procede a la publicación del texto del Convenio en Anexo I.

Sevilla, 1 de septiembre de 1998.- La Secretaria General, Isabel Liviano Peña.

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER Y LA ASOCIACION DE EMPRESARIAS DE SEVILLA PARA LA GESTION DEL CENTRO VIVEM Y EL DESARROLLO DEL PROYECTO «RECURSOS PARA EMPRENDEDORAS¯ DE SEVILLA

En Sevilla, a 13 de julio de mil novecientos noventa y ocho.

REUNIDAS

De una parte, la Ilma. Sra. doña Carmen Olmedo Checa, Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, y de otra, doña Carmen Gago Bohórquez, Presidenta de la Asociación de Empresarias de Sevilla.

Actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, reconociéndose capacidad jurídica y obligándose en los términos del presente convenio,

MANIFIESTAN

I. El Estatuto de Autonomía establece en su artículo 12.2 que la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y la mujer andaluces, promoviendo la plena incorporación de ésta en la vida social y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica y política.

II. El Instituto Andaluz de la Mujer, de acuerdo con su Reglamento aprobado por Decreto 1/1989, de 10 de enero, para el cumplimiento de sus fines, establecerá relaciones con organizaciones, asociaciones de mujeres, fundaciones y otros entes y organismos que por razón de sus fines contribuyan a la consecución de los objetivos del Instituto.

III. El II Plan Andaluz para la Igualdad de Oportunidades, aprobado por Consejo de Gobierno el 17-1-95, contempla en sus acciones núms. 59 y 60 el desarrollo de medidas de apoyo a la actividad profesional y empresarial femenina.

IV. La Iniciativa Comunitaria de Empleo y Desarrollo de los Recursos Humanos (publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas del 1-7-94) se articula en torno a cuatro vertientes: Una de ellas es la de Empleo-Now, que se propone fomentar la igualdad de oportunidades de empleo en favor de las mujeres mediante acciones innovadoras y transnacionales que generen modelos transferibles. Entre las medidas subvencionables prioritarias para la cofinanciación comunitaria está el «apoyo a la creación o el desarrollo a escala local de servicios de asesoramiento que faciliten la creación de PYMES y cooperativas de mujeres¯.

V. La Asociación de Empresarias de Sevilla tiene entre sus fines promover la incorporación de la mujer al mundo de la empresa, fomentar su participación en él, asegurar su presentación, organizar y mantener servicios para agrupar y defender a sus miembros, y gestionar cuantas iniciativas fueran necesarias para el logro de los mismos.

VI. El Instituto Andaluz de la Mujer, en el marco de esta Iniciativa (95-97) promovió la creación de centros para apoyar la actividad empresarial y autónoma de las mujeres andaluzas (Centros VIVEM). Asimismo, para profundizar y ampliar las acciones desarrolladas hasta ahora, este organismo va a desarrollar el programa «Recursos para Emprendedoras¯, aprobado en el marco de la citada Iniciativa en su convocatoria para los años 98-99.

VII. Para la creación y funcionamiento del Centro VIVEM de Sevilla, se suscribieron entre ambas entidades Convenios de Colaboración para los años 1995, 1996 y 1997, así como un acuerdo de colaboración para la presentación del programa «Recursos para Emprendedoras¯ a la Iniciativa de Empleo-Now.

Al existir plena coincidencia entre las partes en los objetivos perseguidos, en los medios necesarios para su ejecución, así como en la voluntad de aunar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de actuación, acuerdan suscribir el presente Convenio de acuerdo con las siguientes

CLAUSULAS

Primera. Es objeto del Convenio el regular la colaboración entre el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) y la Asociación de Empresarias de Sevilla (AES) para la gestión de un Centro VIVEM en Sevilla, como un Servicio de Orientación, Formación, Asesoramiento y Asistencia Técnica dirigido a empresarias, y a mujeres que quieran crear su propio puesto de trabajo o constituir una empresa, y el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto «Recursos para Emprendedoras¯ en los términos de las cláusulas siguientes.

Segunda. Para el desarrollo de este proyecto la Asociación de Empresarias de Sevilla se compromete a contratar a cuatro personas, de acuerdo con el Instituto Andaluz de la Mujer:

- 3 Técnicas, una experta en RRHH, otra en marketing y otra en dinamización socioeconómica y desarrollo local, a jornada completa.

- 1 Auxiliar Administrativa a jornada completa.

La Selección de las profesionales se realizará de acuerdo con el Instituto Andaluz de la Mujer, comprometiéndose la

Asociación de Empresarias de Sevilla a contar con las mismas personas para el funcionamiento del proyecto durante 1998 y

1999, o, en su caso, a realizar de común acuerdo entre ambas partes un nuevo proceso selectivo.

El perfil que deben tener estas profesionales será:

- Titulación de Grado Superior o Medio, preferentemente Economistas, diplomadas en Empresariales, Marketing,

Psicólogas-Industriales, Abogadas, Sociólogas y Graduadas Sociales.

- Formación complementaria en Orientación para el Autoempleo, Gestión de empresas, Marketing, Gestión de Recursos Humanos y Desarrollo Local.

- En todo caso, una experiencia laboral mínima de dos años en orientación y asesoramiento para el autoempleo y/o la creación de empresas por mujeres, y/o programas de desarrollo local.

- Formación específica en programas de formación para el empleo y el autoempleo dirigidos a mujeres.

De este modo, el equipo finalmente seleccionado deberá contar con tres personas especialistas en las áreas fundamentales del proyecto, una en los aspectos económicos (Economista o

Diplomada en Empresariales), otra en Recursos Humanos

(Psicóloga Industrial, Abogada o Graduada Social), otra en desarrollo local (Economista, Socióloga o Diplomada en

Empresariales), todas ellas con la formación complementaria y/o la experiencia necesaria.

Para la plaza de auxiliar administrativa se valorarán los conocimientos de informática a nivel de usuaria y dominio hablado y escrito de otra lengua de la Unión Europea.

Tercera. La Asociación de Empresarias de Sevilla aportará el inmueble adecuado, que constituya un espacio de fácil acceso para el Centro VIVEM, que deberá contar con la superficie adecuada para que las tres técnicas y la auxiliar

administrativa puedan desarrollar sus funciones con

independencia, así como un aula para las actividades previstas en el programa.

Cuarta. El Instituto Andaluz de la Mujer aportará el material técnico-didáctico necesario para el desarrollo de las distintas acciones y una guía para la elaboración del Plan de Empresa, en el marco de los cursos de formación.

El Instituto Andaluz de la Mujer organizará la formación de formadoras/es específica para los puestos de trabajo, que consistirá en:

- Formación para impartir módulos de generación de ideas y animación para emprender.

- Formación para la tutorización y acompañamiento de un sistema de Formación a distancia para la elaboración del Plan de Empresa.

- Reuniones y tutorías periódicas para ajuste del programa.

La Asociación de Empresarias de Sevilla facilitará la

asistencia del personal técnico a las actividades citadas, cuantas veces sea necesario.

Quinta. El Centro VIVEM y el proyecto «Recursos para

Emprendedoras¯ se conciben como una oferta cualificada de ámbito provincial, por lo que requieren una articulación con los municipios, especialmente con los Centros Municipales de Información a la Mujer, los recursos para el desarrollo local y el fomento económico.

Esta articulación será promovida y planificada por el Instituto Andaluz de la Mujer a través del Centro de la Mujer de Sevilla, con la participación de la Asociación de Empresarias de Sevilla.

Sexta. La Asociación de Empresarias de Sevilla, de acuerdo con el Centro de la Mujer, facilitará y comprobará que las técnicas del Centro VIVEM desarrollen las siguientes funciones:

- De carácter general:

a) Actualización permanente de la prospección de los recursos locales de la provincia.

b) Difusión del programa.

c) Elaboración de informes mensuales y memorias semestrales necesarios para la justificación ante el Fondo Social Europeo, de las actividades desarrolladas y cuantos sean solicitados por el Instituto Andaluz de la Mujer, para la mejor coordinación y evaluación del proyecto.

- Dirigida a emprendedoras:

d) Orientación y asesoramiento-tutorización para la creación y gestión de empresas de forma individual y grupal.

e) Impartición de módulos de Generación de Ideas y Animación para Emprender y de módulos de Orientación para el Autoempleo.

f) Programación y seguimiento de cursos de formación

empresarial.

g) Elaboración de informes sobre los proyectos empresariales.

- Dirigido a empresarias:

h) Programación y seguimiento de los seminarios monográficos.

i) Seguimiento de los proyectos empresariales desarrollados a partir de los cursos de formación, del asesoramiento-

tutorización, y de aquellas empresas que se hayan beneficiado de la asistencia técnica para la elaboración de un plan de mejora.

Estas funciones se desarrollarán de acuerdo con las

orientaciones generales del proyecto.

Todas estas acciones serán programadas anualmente de acuerdo con el Instituto Andaluz de la Mujer. Los módulos de Generación de Ideas y Animación para Emprender y de Orientación para el Autoempleo serán impartidos por las técnicas del Centro VIVEM; los cursos de Formación Empresarial y los seminarios

monográficos se contratarán con empresas especializadas. Se estima un promedio por año de 5 ediciones del Módulo de Generación de Ideas y Animación para Emprender de 45 horas de duración, 4 ediciones del Módulo de Orientación para el Autoempleo de 15 horas de duración, un curso de Formación Empresarial de 150 horas teórico-prácticas y 10 horas de tutorías individualizadas y 3 seminarios monográficos de 20 horas.

Séptima. Para la impartición de los cursos de formación empresarial, señalados en el apartado f) de la cláusula anterior, el Instituto Andaluz de la Mujer contratará la asistencia técnica de una empresa con experiencia en formación de emprendedores/as y asesoramiento empresarial.

La Asociación de Empresarias de Sevilla contratará para la impartición de los seminarios monográficos a profesionales y/o empresas especializadas en la materia a tratar en los mismos, con el acuerdo del Instituto Andaluz de la Mujer.

Para la elaboración de un plan de mejora a empresas que ejerzan de empresa tutora acompañando el desarrollo de nuevos proyectos empresariales, la Asociación de Empresarias de Sevilla

contratará los servicios de una consultora especializada de acuerdo con el Instituto Andaluz de la Mujer.

Octava. Teniendo en cuenta que este programa «Recursos para Emprendedoras¯ se enmarca en una Iniciativa Comunitaria que se caracteriza por el fomento de los intercambios entre distintas regiones de la Unión Europea, un aspecto importante a

desarrollar es la transnacionalidad. El Instituto Andaluz de la Mujer ha establecido acuerdos de colaboración con entidades de otros tres países de la Unión Europea y se llevarán a cabo las actividades de intercambio con la participación de la

Asociación de Empresarias de Sevilla.

Novena. El Instituto Andaluz de la Mujer, mediante el

presente Convenio, concede una subvención excepcional a la Asociación de Empresarias de Sevilla de 34.100.000 (treinta y cuatro millones cien mil) pesetas, para financiar las

actividades descritas, con cargo a los ejercicios, las

aplicaciones y proyectos de inversión siguientes:

1998:

- Proyecto Vivero de Empresas (1993/9572).

Aplicación: 01.31.01.609.05.23D: 10.300.000 ptas.

- Proyecto Recursos para Emprendedoras (1997/536).

Aplicación: 01.31.16.609.05.23D.: 1.100.000 ptas.

1999:

- Proyecto Vivero de Empresas (1993/9572).

Aplicación: 01.31.01.609.05.23D.1999: 20.600.000 ptas.

- Proyecto Recursos para Emprendedoras (1997/536).

Aplicación: 01.31.16.609.05.23D.1999: 2.100.000 ptas.

Décima. De acuerdo con la normativa vigente, el importe de la subvención se realizará en los pagos siguientes:

1998: Un primer pago por importe de 8.550.000 ptas., y una vez justificado el mismo, un segundo pago de 2.850.000 ptas.

1999: Un primer pago por importe de 17.025.000 ptas., y una vez justificado el mismo, un segundo pago de 5.675.000 ptas.

La justificación de la subvención se realizará aportando la Asociación de Empresarias de Sevilla originales de las facturas de los gastos efectuados para la realización de las actividades previstas.

El plazo de justificación será de seis meses a contar desde la materialización de los pagos. En consonancia con las normas de funcionamiento del Fondo Social Europeo y su definición de costes elegibles, la Asociación de Empresarias de Sevilla presentará una memoria económica semestral y la documentación justificativa de los gastos efectuados con cargo al presente convenio.

Undécima. Conforme determina el art. 105 de la Ley General de la Hacienda Pública, en la redacción dada por la Ley 7/1996, 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de

Andalucía, la Asociación de Empresarias de Sevilla, además de los compromisos a que se refiere el presente Convenio, tendrá las siguientes obligaciones:

a) Realizar la actividad que fundamente la firma del presente Convenio en la forma y plazos establecidos.

b) Someterse a las actuaciones de comprobación que determine el Instituto Andaluz de la Mujer y a las de control financiero que puedan ejercerse por la Intervención General de la Junta de Andalucía y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

c) Comunicar al Instituto Andaluz de la Mujer, en su caso, la obtención de otras subvenciones o ayudas para los mismos objetivos, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales o internacionales, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de esta ayuda.

d) Acreditar, previamente al cobro de esta subvención, que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, en la forma prevista en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 31 de octubre de 1996 (BOJA núm. 134, de 21 de noviembre).

e) Justificar el empleo de las cantidades a transferir en el plazo y con los requisitos establecidos en este Convenio.

f) Facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía.

Duodécima. Conforme a lo previsto en los artículos 112 y siguientes de la Ley General de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago, en los casos y en los términos previstos en estos artículos.

Decimotercera. En cuanta difusión y publicidad se haga del Centro VIVEM, bien en soporte papel o medios audiovisuales, se hará constar la participación y logotipos de la Iniciativa Comunitaria Empleo-Now, del Instituto Andaluz de la Mujer-Junta de Andalucía, de la Asociación de Empresarias de Sevilla.

Decimocuarta. Teniendo en cuenta que los Centros VIVEM y el proyecto «Recursos para Emprendedoras¯ son programas de ámbito superior a la provincia, el Instituto Andaluz de la Mujer se reserva la coordinación regional, así como la supervisión de su desarrollo directamente y a través del Centro Provincial de la Mujer de Sevilla.

Decimoquinta. Comisión de Seguimiento.

La Comisión de Seguimiento estará formada por:

- La Jefa del Gabinete de Formación y Empleo del Instituto Andaluz de la Mujer o persona en quien delegue.

- La Coordinadora del Centro de la Mujer de Sevilla o persona en quien delegue.

- La Presidenta de la Asociación de Empresarias de Sevilla o persona en quien delegue.

- La Responsable de Formación de la Asociación de Empresarias de Sevilla o persona en quien delegue la Presidenta en su nombre.

Sus objetivos serán velar por el cumplimiento de las

cláusulas de este Convenio.

Para dar cumplimiento a estos objetivos se celebrarán, como mínimo, dos reuniones anuales, una de ellas para definir las actuaciones anuales y otra en el último trimestre para evaluar las actividades realizadas.

Decimosexta. El presente Convenio tendrá una vigencia hasta la finalización de los proyectos, incluida la fase de

justificación, estableciéndose como fecha límite el 31 de diciembre de 1999.

No obstante, su finalización tendrá lugar también por alguna de las causas siguientes:

a) Mutuo acuerdo de las partes, manifestado por escrito.

b) Denuncia de una de las partes, realizada con una antelación mínima de tres meses.

En caso de resolución anticipada del Convenio, una Comisión Mixta Paritaria presidida por el Instituto Andaluz de la Mujer establecerá la forma de liquidación del presente Convenio.

Decimoséptima. El presente Convenio, una vez firmado, será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para público conocimiento del mismo.

En prueba de conformidad, se firma este documento en el lugar y fecha «up supra¯.

Descargar PDF