Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 29/01/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 8 de enero de 1998, de la Delegación del Gobierno de Jaén, dictada en el expediente núm. 41/97 sobre enajenación mediante venta directa a don Mateo Fresno Fresno de parcela sobrante propiedad del Ayuntamiento de Santa Elena.

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En el expediente instruido al efecto por el Excmo. Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén), se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos

22.2.1, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.

Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante venta directa de parcela sobrante a favor de don Mateo Fresno Fresno, acordada por el Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén), en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 1994, del siguiente bien:

Parcela situada en la calle Cádiz de la localidad de Santa Elena (Jaén), con una superficie de 125 m¯, colindante con terrenos de don Mateo Fresno Fresno, inscrita en el Registro de la Propiedad de La Carolina (Jaén) al Tomo 1.384, Libro 41, Folio 114, Finca 2.349, Inscripción 1ª, lindando al fondo, izquierda y derecha con finca de don Mateo Fresno Fresno.

Valor pericial de la parcela: Ciento veinticinco mil pesetas (125.000 ptas.).

Notifíquese la presente resolución al Excmo. Ayuntamiento de Linares y remítase al BOJA para su publicación.

Contra la presente resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes desde la publicación de la misma en el BOJA, Recurso Ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 8 de enero de 1998.- La Delegada, María del Mar Moreno Ruiz.

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