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Por medio del presente y dado que por los cauces procedimentales oportunos no ha sido posible la notificación a la que alude el art. 17, párrafo 3, de la Ley 1/96, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, se hace pública la denegación del derecho contenido en el art. 6 de la norma citada a los solicitantes que se relacionan a continuación, con detalle del número de expediente asignado por el Iltre. Colegio de Abogados de Huelva, localidad de residencia y referencia legal por la que la comisión adopta la denegación del derecho.
Expte.: 0331/98.
Nombre: Miguel Maestre Rguez. T.
Localidad: Huelva.
Artículo 3.1.
Expte.: 0333/98.
Nombre: Emilio Gago Casal.
Localidad: Huelva.
Artículo 3.1.
Expte.: 0178/98.
Nombre: Andrés González Ferrera.
Localidad: Punta Umbría.
Artículo 14.
Expte.: 0235/98.
Nombre: Juan Sebastián Torroba.
Localidad: Isla Cristina.
Artículo 14.
Expte.: 0520/98.
Nombre: Miguel Gómez Santana.
Localidad: Lepe.
Artículo 6.3.
Expte.: 0670/98.
Nombre: Jorge D. Expósito Rguez.
Localidad: Huelva.
Artículo 14.
Expte.: 1073/98.
Nombre: Juan Carbonell Pérez.
Localidad: Gibraleón.
Artículo 14.
Expte.: 1171/98.
Nombre: Diego Anastasio Santana.
Localidad: Punta Umbría.
Artículo 3.1.
Expte.: 1229/98.
Nombre: Antonio Martín Peña.
Localidad: Nerva.
Artículo 6.3.
Expte.: 2419/97.
Nombre: Manuel Muñoz Romero.
Localidad: Huelva.
Artículo 14.
Haciéndoles saber que contra el acuerdo por el que se deniega el derecho a la asistencia jurídica gratuita podrá interponerse en el plazo de cinco días desde la presente publicación recurso en la forma y plazo establecidos en el art. 20 de la Ley 1/96, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Huelva, 14 de septiembre de 1998.- El Delegado, José A. Muriel Romero.
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