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El Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios, precisa en su Disposición Adicional Primera que la Consejería de Asuntos Sociales transferirá anualmente a las Corporaciones Locales de Andalucía, que se acogieron al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de enero de
1989, los créditos correspondientes a la Administración Autonómica y del Estado, necesarios para garantizar la continuidad de los efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.
Por ello, y en virtud de la Orden de 5 de mayo de 1997, mediante la que se articula la transferencia de fondos a las Corporaciones Locales de Andalucía para garantizar los
Servicios Sociales Comunitarios, esta Delegación Provincial ha resuelto hacer pública la segunda transferencia de la aportación Estatal a las Entidades Locales siguientes:
Entidad: Ayuntamiento de Huelva.
Importe: 10.092.745.
Entidad: Diputación Provincial de Huelva. Importe: 18.206.959.
Huelva, 3 de septiembre de 1998.- La Delegada, Mª Luisa Faneca López.
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