Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 08/10/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de Medio Ambiente

ACUERDO de 22 de septiembre de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se declara de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa la finca «El Acebuchal¯, en el término municipal de Alcalá de Guadaira (Sevilla), para la recuperación del suelo contaminado del vertedero El Acebuchal.

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La Consejería de Medio Ambiente, en cumplimiento de las competencias que ostenta en virtud del Decreto 202/1997, de 3 de septiembre (BOJA núm. 117, de 7-10-1997), ha asumido como objetivo prioritario de sus actividades de protección y conservación de la naturaleza la vigilancia, protección y recuperación, en su caso, de la calidad ambiental del medio físico.

El vertedero «El Acebuchal¯, sito en el Término Municipal de Alcalá de Guadaira (Sevilla), está inventariado con el núm. 27 de suelos contaminados dentro del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados (1995-2005), aprobado por el Consejo de Ministros de 17 de febrero de 1995.

Tras esta inclusión en el Inventario de Suelos Contaminados, la Consejería de Medio Ambiente realizó estudios que confirmaron la existencia de contaminación del terreno, principalmente por la presencia de metales pesados, cuya concentración supera los límites internacionales que establecen la obligatoriedad de descontaminación. Igualmente, se ha detectado la presencia de aceites usados e hidrocarburos halogenados.

La recuperación de este suelo presenta un grado de prioridad elevado, debido a la contaminación detectada por metales pesados, la gran cantidad de residuos depositados y la gran extensión de superficie afectada, que confieren a este vertedero un importante riesgo de aparición de factores negativos para la salud pública, que precisan un tratamiento inmediato.

Como consecuencia, la Consejería de Medio Ambiente aprobó con fecha 22 de octubre de 1997 el Proyecto de Recuperación del Emplazamiento Contaminado por RTP,S «El Acebuchal¯.

Para la consecución de los objetivos del citado Proyecto es necesaria la expropiación forzosa, por vía de urgente ocupación, de las fincas que componen el vertedero. A tales efectos se ha cumplido el trámite de información pública a que se refiere el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, de cuyo resultado procede:

1. No atender a las peticiones de negar la «causa Expropiandi¯ por ser necesarios los terrenos de la finca de doña Ana Alonso Gutiérrez y otros para las obras del encauzamiento perimetral del vertedero, y de estar contaminada la parcela de doña Mª Luisa Sánchez-Dalp y Leguina.

2. Dejar pendiente de estudio el no privar del acceso a las parcelas no expropiadas de Hormigones Varela, S.L., y Palaciega de Inversiones.

En su virtud, al entenderse implícita la declaración de utilidad pública de la actuación que se pretende a tenor de lo preceptuado en el artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, en el Proyecto de Recuperación enmarcado en el Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados aprobado por el Consejo de Ministros, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del mismo texto legal y 56 de su Reglamento de ejecución, el artículo 15-1-2.s) del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 22 de septiembre de 1998

ACUERDO

Primero. Se declara de urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, de las fincas que integran el vertedero «El Acebuchal¯, sitas en el término municipal de Alcalá de Guadaira y que a continuación se relacionan:

- Finca registral núm. 26.369. Rústica. Segunda porción de La Vega, señalada con el número dos y también Gordalas, conocido también como Injertal, que forma parte de la Hacienda nombrada de la Torrecilla, término de Alcalá de Guadaira, de superficie cincuenta hectáreas. Linda: Al Norte, con el río Guadaira; al Sur, con la Hacienda del Acebuchal; al Este, con el resto de la finca de donde se segrega, y al Oeste, con terrenos de la Universidad Laboral y Hacienda El Acebuchal. La cruza de Este a Oeste el Canal del Bajo Guadalquivir. Esta finca se segrega de la registral 3.344 N.

- Finca registral núm. 1.546. Rústica. Suerte de olivar con ciento veintiséis pies, nombrada de los Nidos, conocida por Pinillo, porque tiene un pino grande, sita en el término de Alcalá de Guadaira. Linda: Por Levante y Norte, con olivares de la Hacienda de los Angeles; por el Sur, con olivar de la del Acebuchal, y por Poniente, con otro del Estado y los dichos de la Hacienda de los Angeles. Tiene de cabida seis fanegas de tierra, equivalentes a tres hectáreas, cincuenta y seis áreas y setenta centiáreas, y en ellas una aranzada y cuarenta y cinco pies de estacas nuevas con algunas marras.

- Finca registral núm. 32.327. Rústica. Suerte de tierra procedente de la Porción A de la Hacienda llamada de Quinto, en término de Alcalá de Guadaira, procedente del llamado cercado del Manchón Grande. Tiene una superficie de dos hectáreas y veinte áreas. Linda: Norte y Oeste, resto de la finca matriz; Este, el Camino de las Alberquillas, y Sur, con finca de don Andrés Alonso.

- Finca registral núm. 11.501. Rústica. Suerte de tierra, procedente de la Porción A de la Hacienda de Quinto, segregada del llamado Cercado del Manchón Grande, en el término municipal de Alcalá de Guadaira. Mide seis hectáreas, veinticinco áreas, diecisiete centiáreas y cuarenta miliáreas. Linda: Por el Norte, con el camino de las Alberquillas; por el Este y el Sur, con finca de don Andrés Alonso Boje, y por el Oeste, con parcela de la misma procedencia.

- Finca registral núm. 11.495. Rústica. Suerte de tierra calma llamada Manchón Chico, en el paraje conocido por el Verdinal, procedente de la Porción A de la Hacienda de Quinto, en el término de Alcalá de Guadaira. Mide dos hectáreas, treinta y siete áreas y cincuenta y siete centiáreas. Linda: Por el Este, con finca de don Fernando Rollán Alonso; y por los demás lados, con terrenos de don Andrés Alonso Boge, conocidos por el nombre de Hacienda del Acebuchal.

- Finca registral núm. 11.493-N. Rústica. Suerte de tierra procedente de la porción A de la Hacienda de Quinto, segregada del llamado Cercado del Manchón Grande, en el término municipal de Alcalá de Guadaira. Tiene la superficie de cuatro hectáreas, cincuenta y siete áreas, diecisiete centiáreas y cuarenta miliáreas. Linda: Por el Norte, con el Camino de las

Alberquillas; por el Este, con parcela de la misma procedencia, de doña Manuela Sánchez-Dalp y Leguina, hoy de don Andrés Alonso Boje, y también hoy en pequeña parte con finca de don José Victoriano Humanes Rodríguez; por el Sur, con finca de don Fernando Rollán Alonso, antes de don Andrés Alonso Boje, y por el Oeste con finca de don José Victoriano Humanes Rodríguez, antes de don Andrés Alonso Boje.

- Finca registral núm. 10.170. Rústica. Suerte de tierra procedente de la Porción A de la Hacienda llamada de Quinto, en término de Alcalá de Guadaira, segregada del llamado Cercado del Manchón Grande. Tiene una superficie de cuatro hectáreas, ochenta y seis áreas y noventa y seis centiáreas. Linda: Al Norte, con el resto de la finca de que se segregó; Este, el Camino de las Alberquillas, que lo separa del resto de la finca de que se segregó; Sur, con finca de don Andrés Alonso, y Oeste, finca de don Fernando Rollán Alonso.

- Finca registral núm. 11.505. Rústica. Suerte de tierra procedente de la Porción A de la Hacienda de Quinto, segregada del llamado Cercado del Manchón Grande, en el término municipal de Alcalá de Guadaira. Mide seis hectáreas, veinticinco áreas, diez y siete centiáreas y cuarenta miliáreas. Linda: Por el Norte, con el camino de la Alberquilla; al Este, con parcela de doña María Luisa Sánchez-Dalp y Leguina; por el Sur, con finca de don Andrés Alonso Boge, y por el Oeste, finca procedente del mismo cercado, de doña Ana Sánchez-Dalp y Leguina.

- Finca registral núm. 16.169. Rústica. Suerte de tierra procedente de la Porción A de la Hacienda de Quinto, segregada del llamado Cercado del Manchón Grande, en el término municipal de esta ciudad. Mide seis hectáreas, veinticinco áreas y siete centiáreas y cuarenta miliáreas. Linda: Por el Norte, con finca de don Fernando Rollán Alonso; al Este, con parcela de don Javier Sánchez-Dalp y Leguina; por el Oeste, con otra suerte de tierra procedente del mismo cercado, propiedad de doña Socorro Sánchez-Dalp y Leguina; y por el Sur, con el camino de las Alberquillas.

- Finca Registral núm. 16.171. Rústica. Suerte de tierra procedente de la Porción A de la Hacienda de Quinto, segregada del llamado Cercado del Manchón Grande, en el término de Alcalá de Guadaira. Tiene forma sensiblemente triangular, y linda: Por el Norte, con finca de don Fernando Rollán Alonso; al Oeste, con suerte de la misma procedencia, de doña Pilar Sánchez-Dalp y Leguina, y por el Sur-Este, con el camino de las

Alberquillas. Mide seis hectáreas, venticinco áreas, diez y siete centiáreas y cuarenta miliáreas.

Segundo. El presente Acuerdo se entiende sin perjuicio de las actuaciones que en Derecho correspondan y, en su caso, pudieran adoptarse por la Junta de Andalucía a la vista del resultado del expediente sancionador que se tramita por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, en orden a la obligación de reponer los terrenos a su situación primitiva, todo ello de conformidad con la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

Sevilla, 22 de septiembre de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE LUIS BLANCO ROMERO

Consejero de Medio Ambiente

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